• 28/04/2024 13:10

Un jubilado recupera más de 21.000 euros con el complemento de maternidad

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La sentencia, de 4 de noviembre, ha reconocido el complemento de maternidad a un jubilado con efectos retroactivos.

El Juzgado de lo Social Nº2 de Palma de Mallorca, en su Sentencia Nº 407/2022 de 4 de noviembre, ha reconocido el derecho de un jubilado a percibir su complemento por maternidad desde la fecha de acceso a su pensión.

Así, siendo en este caso padre de 3 hijos, le corresponde un 10% adicional sobre su pensión mensual -tal y como reza el antiguo art. 60 LGSS, aplicable a la causa – o lo que es lo mismo, una cuantía adicional de 239 € cada mes y con carácter vitalicio. La sentencia, además, en la línea de lo establecido por nuestro Tribunal Supremo en su Sentencia de 30 de mayo, este pensionista tendrá derecho a recuperar todos los atrasos por el complemento que no ha percibido cada mes desde el momento de su jubilación, en marzo de 2016, hasta ahora; por ello, la entidad gestora condenada (INSS) deberá abonarle más de 21.000€.

En este sentido, dispone el fallo de esta importante sentencia: “(…) debo declarar y declaro el derecho del demandante a percibir el complemento de maternidad/paternidad del art. 60 TRLGSS, y debo condenar y condeno al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por esta declaración y a abonar al demandante el citado complemento con efectos económicos de 05/03/2016”.

En último lugar, cabe mencionar que, en el propio juicio, la entidad gestora se opuso alegando que la acción para reclamar el complemento se encontraba prescrita (FD2º), sin embargo, con rotundidad entiende la sentencia que no: “De acogerse el criterio que defiende la Entidad Gestora al alegar la prescripción por el transcurso del plazo de 5 años, se estaría validando y admitiendo la vulneración del derecho fundamental apreciada y declarada por el TJUE a la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social”. Por tanto, sin ápice de dudas, la Magistrada desestima el motivo de oposición y restablece la integridad del derecho vulnerado de este pensionista jubilado. 

Gema Cerezuela, DicCom de Unive Abogados, firma jurídica nacional, considera que esta sentencia abre la puerta a que los varones reclamen el cobro de este complemento de maternidad y les anima a hacerlo, ya que “los hombres que reúnen los requisitos verán revalorizada su pensión de por vida entre un 5% y un 15% en función del número de hijos, además percibirán lo que no han percibido desde la fecha de acceso a la pensión hasta la fecha en la que se le ha reconocido el derecho al cobrar el complemento de maternidad”.

Gema Cerezuela explica que “por ahora solo aquellos afectados que reclaman tienen opciones reales de que se les conceda el complemento”, y añade que “estamos logrando que reconozcan el complemento a pensionistas de toda España gracias a nuestra red de despachos propios repartidos por todo el territorio”. Para poder solicitar que se le reconozca el complemento de maternidad en su pensión contributiva de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es requisito que hubieran accedido a la misma entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y fueran padres de dos o más hijos. 

 

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Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/un-jubilado-recupera-mas-de-21-000-euros-con-el-complemento-de-maternidad/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=un-jubilado-recupera-mas-de-21-000-euros-con-el-complemento-de-maternidad