• 30/04/2024 05:07

Lourdes Arastey, juez española en el TJUE: “Es una anomalía muy grave que aún no se haya acometido la renovación del CGPJ”

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Desde que tomara posesión como juez del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) JUE el pasado 6 de octubre, Lourdes Arastey Sahún (Tarragona, 1959), la magistrada elegida por España para representarnos en lo que es, de faco, el Supremo de los 27 Tribunales Supremos de los países que conforman la Unión Europea, reparte su tiempo entre juicios, deliberaciones y redactar informes en su despacho de esta institución.

Arastey, en conversación con Confilegal, muestra su malestar de que aún no se haya acometido la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuyo mandato caducó hace tres años

“Mas que sorprenderme me indigna. No son los partidos políticos los que tienen que ponerse de acuerdo, porque la ley dice que los jueces son nombrados por las Cámaras. De momento, nunca se ha puesto en el orden del día de nuestro Congreso y Senado la renovación del CGPJ”, afirma.

“Es una anomalía muy grave que persiste, Porque se ha sacado del Parlamento lo que tendría que estar en el Parlamento”, añade.

En un hueco en su agenda, Arastey se trasladó a Madrid para recoger en persona  el premio ASNALA-Santander Justicia a la mejor laboralista del año, como colofón a una carrera profesional en la jurisdicción social.

Desde el pasado 26 de abril el TJUE ha dado un salto hacia la transparencia. Retransmite por “streaming” los asuntos de la Gran Sala, fijados en miércoles o lunes por la tarde. Un salto que ha nacido de una petición de los propios jueces para que se conozca mejor el derecho de la Unión y sus particularidades.

Un camino en el que nuestro Tribunal Supremo y el poder judicial español en su conjunto fueron pioneros en 2005.

El TJUE esta formado por 27 jueces y 11 abogados generales. De este total, seis jueces son mujeres y tres abogados generales. Los mandatos de estos jueces son por seis años, sin límites de renovación.

En su discurso de aceptación del Premio ASNALA-Santander Justicia, Arastey hizo un alegato en favor del papel de los jueces de la Unión Europea. Dijo que no lo están pasando bien en algún país.

Ser juez de la UE en algún estado miembro puede ser problemático. En el caso de España el problema es la falta de medios e inversiones.Un error histórico.

El problema es que poder político gobernante, apoyado en reformas normativas ha introducido cortapisas al Estado de Derecho y al trabajo de muchos jueces, atacando a la independencia judicial.

En algún estado miembro se puede poner una sanción si un juez interpone una cuestión prejudicial al TJUE si va contra el criterio de su propio Tribunal Constitucional que pueden vaciar el estado democrático. Sin independencia judicial no puede haber estado democrático.

En un momento de crisis como el que vivimos, muchas miradas se van a centrar en el TJUE, ¿Es consciente de ello?

Vamos a tener mucho trabajo. Una de las materias más numerosas tiene que ver con la protección internacional de los inmigrantes. Tenemos muchos asuntos sobre la circulación de estas personas.

Todavía estamos con la inmigración relacionada con Siria, el drama del mediterráneo y pronto tendremos los dramas que se vienen en las fronteras con Rumanía o Polonia o países bálticos.

Es evidente que estamos abocados a una crisis económica y que se resienta todo el derecho, tanto a nivel económico, contractual. Mas litigiosidad, en suma, porque el derecho de la Unión Europea está presente en muchos ámbitos de nuestras vidas.

«Sin independencia judicial no puede haber estado democrático»

¿Cómo puede afectar al TJUE esta crisis en ciernes?

La situación es bastante compleja, hay mucha carga de trabajo, pero no creo que el TJUE se llegue a colapsar.

No es fácil tener que analizar la norma nacional en relación con la norma de la UE en todos y cada uno de los casos que nos llega, pero es la función que tenemos que hacer.

La última foto del TJUE de fecha muy reciente. La española Lourdes Arastey es la primera de la cuarta fila por la izquierda. Foto: TJUE.

Para el gran público es bastante desconocido como funciona el TJUE cuando le llega una cuestión prejudicial….

Las tipologías de asunto del TJUE se basan en tres cuestiones concretas, pero la más cuantiosa es la de solventar las cuestiones prejudiciales que nos llegan de cualquiera de los jueces nacionales de cualquier país de la UE.

Estas cuestiones prejudiciales determinan muchas cosas. En primer lugar, el papel de los jueces de la UE como tales. Lo que hacen es buscar el planteamiento de la norma europea porque la necesitan para solventar el litigio que tienen sobre la mesa.

Admitida la cuestión prejudicial, se designa un juez ponente desde el primer momento y un abogado general.

A partir de ahí el juez ponente, como ocurre en un tribunal colegiado, lleva el estudio del asunto, sabiendo que ante el TJUE pueden intervenir las mismas partes del proceso del que dimana la prejudicial Todos los estados miembros pueden intervenir y siempre la Comisión Europea, como guardiana del ordenamiento jurídico.

Se dice que los jueces españoles preguntan poco al TJUE…

Esa apreciación es muy relativa. Si se miran las estadísticas,hay un dato claro. El mayor número de cuestiones prejudiciales procede de Alemania. Cuestión lógica. Es un país muy grande. Y tiene el mayor número de jueces.

Pero España está con Italia y Francia, en la misma posición. Creo que plantea el número de cuestiones prejudiciales que se esperan.

Los jueces españoles han superado una etapa inicial de alejamiento de la institución y tienen un mejor conocimiento de la cuestión prejudicial. Ahora están en la línea de las estadísticas con los estados que nos puede comparar.

«Hay que darse cuenta que no existe la posibilidad del voto particular. El debate es muy trabajado. Al final el resultado es el que acuerde la mayoría. Se trabaja mucho y muy bien con mucho detalle»

Volvamos de nuevo a las cuestiones prejudiciales. ¿Qué papel hace ese juez ponente?

Tras la fase escrita, el ponente prepara un primer informe sobre cuál cree que debe ser el tratamiento procesal del asunto. Se verá en una sala con tres jueces, cinco o en la Gran Sala, formada por quince, o en el Pleno, con 27, de forma extraordinaria

También decide si habrá vista pública. Y si merece conclusiones por parte del abogado general. Hay once abogados generales. Sus conclusiones se dejan para asuntos de calado y no son vinculantes para el propio TJUE

Una vez decidido el tipo de tribunal, empieza la fase oral, si hay juicio o conclusiones.  Como siempre, el juez ponente prepara su proyecto y empieza la deliberación, que realmente es muy intensa y minuciosa

Hay que darse cuenta que no existe la posibilidad del voto particular. El debate es muy trabajado. Al final el resultado es el que acuerde la mayoría. Se trabaja mucho y muy bien con mucho detalle.

Foto tomada la pasada semana, cuando se le entregó el Premio Asnala Santander Justicia a la mejor laboralista del año. De izquierda a derecha, Ricardo Bodas y Antonio Sempere, magistrados de la Sala Social del Supremo; Isabel Tocino, vicepresidente de Santander España; Julia Fernández, directora de colectivos de Justicia Santander; Luis Enrique de la Villa presidente del Jurado; Lourdes Arastey; Juan Antonio Sagardoy, presidente honorario Sagardoy Abogados; Angel Blasco, magistrado de la Sala de lo Social del Supremo; Martín Godino, socio director Sagardoy Abogados; Ana Gómez, presidenta de ASNALA; Benigno Varela, exmagistrado del Supremo; e Ignacio García-Perrote magistrado de la Sala de lo Social del Supremo. Foto: Ernesto Cortijo Ballesteros.

Hace poco un magistrado ha planteado una cuestión prejudicial al TJUE, por la ley de los interinos 20/2021. Pidió que este Tribunal fuera más claro

Todavía ese asunto no ha llegado a nuestra reunión general. Que el TJUE sea más claro en sus resoluciones creo que es un planteamiento erróneo. 

Las sentencias del TJUE no están solucionando el litigo. Es el juez quien lo tiene que solucionar, tras la interpretación de la norma europea que llega del propio TJUE. Es el juez quien debe traducir esa interpretación al asunto concreto.

Hay que darse cuenta que el Tribunal solo va a contestar sobre lo que le pregunten. Nosotros no resolvemos el conflicto. Si el juez pregunta sobre un aspecto concreto, solo vamos a contestar a eso. .

Otra cuestión importante es que, a veces, las cuestiones prejudiciales no están bien planteadas. Si resultan algo decepcionante hay que darse cuenta que contestamos a lo que nos preguntan.

Tenemos que darnos cuenta de que este Tribunal no tiene nada que ver con el Tribunal de Estrasburgo, el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.

«Yo soy partidaria de las cuotas para las mujeres. No queda otra. Si no se establecen cuotas la cosa no funciona»

Otra cuestión que se comenta es que el TJUE no hace seguimiento a sus sentencias…

No es su cometido. Aquí la competente es la Comisión Europea. Si detecta que un estado miembro está cometiendo una infracción del derecho de la Unión, como el incumplimiento de un reglamento, la no trasposición de una Directiva o el incumplimiento de alguna sentencia del TJUE, existe un mecanismo que es el recurso de infracción, que acabamos viendo nosotros.

Esa infracción del Estado da igual quien la haya cometido, ya sea el poder legislativo, el ejecutivo o el judicial. Es competencia de la Comisión.

La Comisión abre un procedimiento de infracción e interpone una demanda ante el TJUE contra el estado miembro infractor.

Usted como magistrada ha defendido activamente las políticas de igualdad entre hombres y mujeres ¿Qué opina de la decisión de la UE de obligar en el futuro a que las empresas cuentan con el 40 % de mujeres en los Consejos de Administración?

Es una idea que se venía gestando en los últimos meses en la UE. Es una medida imperativa, de discriminación positiva. Estamos en la primera fase. La Comisión no es la legisladora. Serán el Parlamento y el Consejo quienes decidan.

Yo soy partidaria de las cuotas para las mujeres. No queda otra. Si no se establecen cuotas la cosa no funciona. La lectura tiene que ser que la cuota implica la limitación de los hombres no de mujeres que no valgan. Hay que verlo desde esa perspectiva.

Si no se establecen medidas de este tipo no se llega a nada. En este siglo XXI seguimos con estos pobres porcentajes y graves carencias.

Un siglo XXI donde se están modificando de forma notable las relaciones laborales tradicionales…

Es cierto, hay cambios importantes. Desde la perspectiva del derecho de la UE hay elementos que están bien definidos, en especial con la protección de los trabajadores desde ópticas esenciales, como el tiempo de trabajo, la no discriminación, el fomento de la estabilidad en el empleo a través del trabajo de duración determinada o la protección de los trabajadores que nuestra institución protege.

En este contexto, el impacto de las tecnologías está siendo clave en cuestiones como la delimitación del tiempo de trabajo, ahí el derecho de la Unión lo analiza desde la perspectiva de la salud del trabajador.

Curiosamente al TJUE aún no se le ha planteado ningún caso directo sobre las plataformas digitales de reparto, pero si se plantea será sobre un litigio en concreto, como ya comenté. En ese sentido el concepto de trabajador, al hilo de la no discriminación es un concepto amplio para el TJUE.


Artículo de Luis Javier Sánchez publicado en https://confilegal.com/20220610-lourdes-arastey-juez-espanola-en-el-tjue-es-una-anomalia-muy-grave-que-aun-no-se-haya-acometido-la-renovacion-del-cgpj/

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