• 26/04/2024 13:10

«La admisión del recurso en el TC por el caso Valdecañas es más que razonable», según Javier Borrego, abogado de los 2 ayuntamientos

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El Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite los tres recursos de amparo interpuestos contra la sentencia del Tribunal Supremo que ordenaba la demolición del complejo residencia y turístico Marina Isla de Valdecañas,»Isla de Valdecañas», situado en la provincia de Cáceres.

Una admisión que, en opinión del abogado Javier Borrego, de la firma Durán & Durán, «es más que razonable. El TC ha apreciado la especial trascendencia constitucional de los recursos de amparo y ha decidido examinar el asunto en profundidad ante las irregularidades sustantivas y procesales alegadas».

Borrego, exmagistrado del Tribunal Supremo y exjuez español en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, representa a los dos ayuntamientos afectados, El Gordo, cuyo consistorio es del PP, y Berrocalejo, del PSOE.

Los dos consistorios se han unido en la interposición de un recurso de amparo contra la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de confirmar el derribo de lo construido en la isla de Valdecañas, la llamada «Marbella de Extremadura», de la que dependen 200 empleos directos de ciudadanos de ambos municipios y otros tantos indirectos.

Son un total de 186 villas, un hotel, un campo de golf y un puerto deportivo.

Los otros dos recursos admitidos corresponden a la Junta de Extremadura (PSOE), y a la Junta de Propietarios del complejo turístico.

«El Tribunal ha apreciado que las cuestiones planteadas en estos recursos de amparo (…) puede dar ocasión al Tribunal para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia de un proceso de reflexión interna [STC 155/2009, FJ 2 b)] y, por otra, que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica [STC 155/2009, FJ 2 g)», ha explicado el Constitucional.

El Tribunal Supremo recordó en su sentencia que la aprobación de la Junta de Extremadura del proyecto de interés regional de Marina Isla de Valdecañas “fue contraria a derecho” por motivos urbanísticos y medioambientales ya que se situó sobre la Red Natura 2000 y sobre un espacio protegido de aves.

TRES MOTIVOS SERIOS DE AMPARO

«La admisión de los amparos no es una derrota del ecologismo mediático sino la constatación de que es necesaria la aplicación del medio ambiente que integra al ser humano», explica el abogado a Confilegal.

«Nuestro recurso planteaba tres motivos serios de amparo frente la sentencia del TS: indebida y sorprendente admisión del recurso de amparo por la asociación ecologista sobre cuestiones de hechos, excluidas de la casación desde la reforma de 2015; falta de imparcialidad, infracción de orden público, en la composición de la Sección autora de la sentencia recurrida, al participar y destacadamente en ella, un magistrado que fue activísimo en las decisiones previas del TSJ Extremadura, y el exceso de jurisdicción«, cuenta Borrego.

El magistrado mencionado es Wenceslao Olea, destinado en la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que intervino en la última sentencia y en el auto de desestimación de incidentes de nulidad de actuacioens planteados contra dicho fallo. A juicio del recurso de Durán & Durán, Olea está contaminado por haber sido el magistrado en la instancia anterior.

ADMITIDO POR 6 A 5

La decisión fue tomada por 6 votos a favor de los magistrados y 5 en contra. Un hecho que, según Borrego, «es frecuente en los asuntos mediáticos».

Sin embargo, hay algo que llama la atención al exmagistrado y ahora abogado ejerciente: «Se ha filtrado que el -o los informes- de letrado o letrados (no recuerdo si singular o plural) fueron contra la admisión. Visto el resultado, quiero esperar a conocer el auto y los votos discrepantes. El hecho de que se filtre que ese, o esos informes, de letrados del TC se expresaron en contra de la admisión y que luego 5 magistrados votaran en esa misma dirección, frente a 6, que es algo que, por lo publicado, no es bueno».

«Por mi experiencia en Estrasburgo lo que parece haber ocurrido en el TC en este caso es impensable. También en nuestro Tribunal Supremo donde los letrados no emiten opinión», señala.

«Estoy convencido de que los magistrados que han votado contra la admisión, lo han hecho desde el estudio y el convencimiento en su opinión que era lo procedente. Pero la imagen no es buena, pues su opinión discrepante puede ser percibida como coincidente con el informe del letrado o los letrados. Seguro que en la deliberación no ha sido por este motivo, pero esa coincidencia entre la opinión letrada y las de los magistrados disidentes, al ser pública, repito, no es buena».

Borrego concluye: «Nosotros seguiremos trabajando en las alegaciones de nuestro recurso. No se puede desconocer que en este asunto de Valdecañas, iniciado hace 17 años, se han producido malentendidos, errores, omisiones y otras cosas que esperamos sean analizadas y corregidas, por lo que, desde el trabajo, confiamos con razonado optimismo, que la sentencia, y si el TC accede, tras la vista pública que hemos solicitado, otorgue el amparo a los recurrentes».

Los magistrados disidentes Juan Antonio Xiol Ríos, Ricardo Enríquez Sancho, María Luisa Balaguer Callejón, Ramón Sáez Valcárcel e Inmaculada Montalbán Huertas han anunciado que emitirán un voto particular.

Los magistrados que votaron a favor fueron Pedro González-Trevijano, Cándido Conde-Pumpido, Santiago Martínez Vares, Antonio Narváez, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel.


Artículo de Carlos Berbell publicado en https://confilegal.com/20221117-la-admision-del-recurso-en-el-tc-por-el-caso-valdecanas-es-mas-que-razonable-segun-javier-borrego-abogado-de-los-2-ayuntamientos/