• 03/05/2024 23:05

¿Existen niños discriminados en España?

(origen) JosLuisSariegoMorillo Sep 22, 2022 , , , , , ,
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Desde hace unos años vengo observando la discriminación que sufren los niños en España en los contextos de separación o divorcio, con prácticas de discriminación indirecta y de forma sistémica por parte de instituciones de todo tipo, pero sobre todo legislativa y judicial.

Me critican por dar a conocer las realidades que muchos no quieren ver o prefieren ignorar.

Pero la realidad es que un país que permite que se discrimine a un ciudadano por cualquier razón, en este caso por su sexo o por su situación personal y familiar, es un país que está abocado al fracaso y en donde los pensamientos tiránicos irán ganando la batalla cultural.

Y cuando una sociedad discrimina a alguien sin sentido alguno, el estado democrático de derecho y el respeto a los derechos humanos básicos entra en barrena y la violencia suele aparecer con mayor frecuencia como forma de resolver los conflictos.

No tiene que ser la violencia física, sino ese tipo de violencia que se mastica cada día en redes sociales y medios de comunicación, instigada muchas veces por partidos que necesitan víctimas para justificar sus propuestas políticas.

LO QUE LE PASA A UN NIÑO QUE SUFRE MALOS TRATOS POR PARTE DE UN PROGENITOR

Voy a explicar qué le pasa a un niño o una niña que sufre malos tratos o abusos coercitivos por parte de uno de sus progenitores o que presencia violencia familiar en su entorno.

Esta vez no voy a hablar de leyes sino de lo que pasa cada día en muchos lugares de España.

Veamos el primer caso muy típico en estos tiempos:

Se produce una denuncia por parte de una madre (durante, o después del divorcio) que dice que su hijo ha sido agredido o abusado sexualmente por su padre.

En menos de 24 horas, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado toman medidas como quitarle el niño al padre (en el caso de que esté con él) y en pocos días y a veces horas, se toman medidas cautelares en un Juzgado de Guardia, en la que se suele establecer una orden de protección y se le impide al niño ver a su padre hasta que todo finalice (artículo 158 del Código Civil)

Algunas veces se procede a hacer una prueba preconstituida, que significa que si el niño ha sido aleccionado para decir algo en contra de su padre, no haya posibilidad de contrarrestar esa acusación. Ya hay una prueba que “demuestra de que el padre es un maltratador o abusador” (presunción de culpabilidad).

Si el padre logra que se archive la causa o salir absuelto en el juicio, habrán pasado de uno a dos años hasta la firmeza de la resolución judicial. Y ello porque las madres que usan este tipo de estrategias perversas suelen recurrir cada diligencia judicial hasta la saciedad.

En todo ese tiempo transcurrido, el niño ha “comprendido” que si no ha visto o no ve a su padre, es porque era verdad el maltrato o el abuso denunciado. Los niños no pueden saber qué consecuencias tiene este tipo de cosas.

UNA MENTIRA QUE SE REPITE MUCHAS VECES SE CONVIERTE EN VERDAD

Ya sabemos que una mentira mantenida (tu padre te pegó cuando eras pequeño, o abusó de ti cuando eras un bebé) en el tiempo, se convierte en verdad. Sobre todo, cuando la medida cautelar de alejamiento de prolonga durante meses o años.

Aquel niño habrá perdido a su padre para siempre, porque

¿Quién desprograma a un niño de un falso recuerdo? 

No debemos olvidar que los niños en estos contextos entran en un conflicto de lealtades, por lo que tienden a decir lo que ellos piensan que el progenitor manipulador quiere oír. Por otro lado, si preguntas a un niño en una prueba preconstituida si cree en el Ratón Pérez y si este le ha dejado una moneda bajo la almohada, te dirá que sí.

Porque lo padres les metemos en la cabeza como una realidad que un ratón le dejará una moneda cuando pierde un diente.

Pero vemos a diario que lo que dice un niño en este tipo de prueba es un auto de fe.

Si le preguntas a un niño si cree en “el hombre del saco” dirá que sí si sus padres le han hablado de ello.

Pues igual ocurre en muchos de estos casos, niños a los que se les induce un falso recuerdo o una falsa memoria que son interrogados de forma inductiva en las pruebas preconstituidas.

Veamos ahora el supuesto dos:

Un padre denuncia que su hijo es maltratado por su madre.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no hacen nada salvo que un médico de urgencias lo avale con un informe.

Tramitan la denuncia como otra cualquiera al Juzgado de Guardia y el padre es citado a declarar en el juzgado tras varias semanas desde la denuncia.

El niño maltratado sigue en manos de quien lo maltrata mientras tanto.

Si el padre ha pedido una orden de protección de su hijo, la suelen rechazar y casi nunca se procede a hacer una prueba preconstituida.

Una vez toman declaración, llaman al denunciada a quién le toman declaración. El niño no es llamado a declarar salvo cuando ha pasado un tiempo y ha tenido tiempo de ser aleccionado para que diga que es mentira lo que dijo en la policía o en el médico.

Que, a él, su madre no lo maltrata.

Normalmente el niño va a al juzgado de la mano de quien lo maltrata y éste ha recibido la consigna: si dices que es mentira te compro el móvil nuevo, o la Play Station, o te dejo ver videos y jugar con la tableta, etc. Otras veces, el niño rechaza reconocer sufrir malos tratos, porque le tiene un miedo atroz a quien lo maltrata y vive aún con él.

Podría poner otros ejemplos, pero las nuevas leyes de “protección de la infancia” y las últimas modificaciones de las leyes /familia y penal) hechas en nuestro país, van a lograr que todos estos casos aumenten espectacularmente.

Al tiempo.

Otros casos son, cuando una madre denuncia sufrir malos tratos y un padre hace lo mismo.

La madre obtiene una respuesta policial y judicial inmediata y el niño queda alejado del progenitor supuesto agresor (ex art. 94 del C. Civil).

El padre no obtiene ninguna respuesta por parte de las FCSE, sino que la tramitarán (la denuncia) como una denuncia de hurto. El Juzgado no accederá a una pieza del 544,ter de la LECrim. o a establecer una orden de alejamiento y el niño seguirá en manos de su supuesta agresora.

Esa es la práctica que se hace en España con los niños que podrían estar en peligro con un progenitor o una progenitora.

Pero según sea el sexo del agresor o de la persona denunciada, el niño recibirá mayor o menor grado de protección.

Y si alguien me dice que esto no es verdad, basta que le pregunte a cualquier abogado especializado en estos temas.

O basta comprobar que un niño cobra más que otro niño si son huérfanos, según sea si su madre mató a su padre o, si su padre mató a su madre.

Este último cobrará una pensión de orfandad tres veces superior al primero.

Compruébenlo pinchando en este enlace.

Si el niño o niña es huérfano de madre porque su madre la mató cobrará una pensión de 600 euros al mes como mínimo.

Si el niño o niña es huérfano de padre porque su madre lo mató, cobrará sólo 150 euros de pensión de orfandad.

Y cuando un país discrimina a los niños, es un país sin futuro democrático.


Artículo de JosLuisSariegoMorillo publicado en https://confilegal.com/20220922-existen-ninos-discriminados-en-espana/