Los jueces de los tribunales inferiores serán elegidos en elecciones locales y los magistrados del Tribunal Supremo serán elegidos durante las elecciones nacionales
Las reformas de 2024 introdujeron un nuevo sistema de elección popular para todos los jueces. Aprobada por la mayoría calificada de la Cámara de Diputados y del Senado, esta ley ya entró en vigor. Partidos como Morena, PT y PVEM se colocaron a favor de esta normativa, mientras que el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano en contra.
Tras modificaciones a la reforma, la elección judicial de 2027 pasa al 4 de junio de 2028 para separarla de la elección ordinaria intermedia.
Ello, facilitaría los comicios para la ciudadanía, principalmente en la reducción del número de candidaturas, la simplificación del diseño de la boleta, identificando el Poder postulante y la especialidad.
El gobierno federal aceptó modificar aspectos centrales de la reforma judicial tras reconocer dificultades operativas y jurídicas en el diseño original. Entre los ajustes más relevantes destaca el aplazamiento de la elección judicial de 2027 a 2028, con el objetivo de evitar la coincidencia con otros comicios y reducir costos logísticos.
Uno de los cambios consiste en mantener comisiones independientes por cada Poder, para ello se estableció un comité centralizado para unificar y estandarizar los requisitos y metodologías de evaluación de todos los aspirantes.
En el conversatorio “Balance y proyección de la Reforma del Poder Judicial”, organizado en la Estación Noroeste de Investigación y Docencia (ENID) del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), Sergio López Ayllón, académico de esta instancia, recordó que con ese proceso se destituye a toda la Judicatura Federal y Estatal para ser sustituida por jueces electos.
Así, se genera una nueva gobernanza para los poderes judiciales –en particular se crea el Tribunal de Disciplina Judicial como órgano de control político de la Judicatura–, que implica una ruptura con el modelo de un tribunal constitucional independiente y una carrera judicial, consideró.
No obstante, la implementación del nuevo modelo ha mostrado improvisación normativa y operativa. Una vez aprobada, en la primera elección, con más de tres mil candidaturas, se registró una baja participación.
David Shirk, de la Universidad de San Diego, EUA, mencionó que la elección judicial en México tiene dos problemas: los candidatos ganaron con 5 o 6 % de la votación, y hubo “dedazo judicial”. Manifestó que si se observa quién nombró a los candidatos, por ejemplo, de la SCJN, se demostró que cualquiera nombrado por la presidencia de la República tuvo una ventaja importante.
Hay dos cosas importantes por hacer: tener una segunda ronda de selección para que gane por mayoría relativa cualquier candidato a juez, y promover la autorregulación de la profesión: si queremos jueces calificados, es importante tener sistemas de mérito.
En la reforma hay argumentos a favor, como la democratización, la rendición de cuentas o el combate al corporativismo judicial, y una serie de críticas importantes, sobre todo el riesgo de su independencia, y el debilitamiento o aniquilación de la carrera judicial.
Finalmente, existe el riesgo del financiamiento de las campañas por parte de grupos de interés, el clientelismo judicial, la dependencia política, el debilitamiento técnico relacionado con la carrera judicial e, incluso, la menor confianza de inversionistas por falta de certeza jurídica.
