• 12/11/2024 00:41

El Consorcio cubrirá los daños causados por la dana en cuanto sea posible valorarlos

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Madrid, 30 oct (EFE).- El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) indemnizará los daños causados por la dana que ha afectado en las últimas horas a las provincias de Valencia y Albacete y que ha causado más de 50 muertos, una vez que los peritos puedan desplazarse a las zonas afectadas y valorar los daños.

Así lo ha explicado el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, en la red social X, al indicar que el CCS «está preparado para empezar a trabajar sobre el terreno tan pronto como sea posible».

También ha expresado por esta vía el apoyo del Ejecutivo a todos los afectados, al tiempo que ha insistido en que están siguiendo muy de cerca «la situación de los daños provocados por la dana».

El Consorcio es una entidad público-privada que depende del Ministerio de Economía, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y funciona como una especie de fondo de garantía asegurador para determinados siniestros extraordinarios graves o catástrofes naturales que no cubren las aseguradoras, que se ocupan de los de menor cuantía, en términos generales.

Las propias compañías se encargan de financiar al CCS a través de una cantidad o recargo que se cobra al asegurado en cada prima que paga y que se remite al organismo para que pueda hacerse cargo de indemnizar los daños en caso de siniestro catastrófico.

Desde el mes de julio de 2016 las pólizas de automóviles que cubren solamente responsabilidad civil también incluyen el recargo de riesgos extraordinarios, por lo que los vehículos correspondientes también tienen asegurados los riesgos extraordinarios.

La solicitud de la indemnización al Consorcio, tanto en el caso de daños personales como materiales, se puede presentar directamente por el propio asegurado, por el tomador o por sus respectivos representantes, bien por teléfono u on line.

En todos los casos, la solicitud se efectuará lo antes posible: cuanto menos tiempo transcurra entre la ocurrencia de los daños y la solicitud de indemnización, antes se realizará la tramitación correspondiente.

En el momento de efectuar la llamada telefónica es imprescindible disponer de los datos que se indican a continuación para facilitarlos en el transcurso de la conversación:

  • Datos de la póliza de seguro: entidad aseguradora y número de la póliza.
  • Datos de quien presenta la solicitud de indemnización por teléfono y del asegurado, si fueran personas distintas: nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección y teléfonos de contacto.
  • Datos bancarios para el pago de la indemnización: el Código Internacional de la cuenta bancaria código IBAN (24 dígitos) compuesto por dos caracteres alfabéticos que indican el país y dos dígitos de control, número de la entidad bancaria, número de la sucursal y número de la cuenta corriente.
  • En el caso de daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula del vehículo dañado. Si se encontrase en un taller para ser reparado, es preciso facilitar el nombre, dirección y teléfono del mismo para agilizar la peritación de los daños.

Se facilitará al comunicante el número de registro que se ha asignado a su solicitud (ese número lo recibirá también por correo electrónico o SMS), que deberá utilizar como identificativo para cualquier información que precise o consulta que desee realizar en relación con la misma. Posteriormente el perito de seguros asignado por el Consorcio se pondrá en contacto con el solicitante para acordar una visita examinar los daños y valorar las pérdidas.

EFE
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Artículo de Arturo Larena publicado en https://efeverde.com/el-consorcio-cubrira-los-danos-causados-por-la-dana-en-cuanto-sea-posible-valorarlos/