• 05/05/2024 01:47

La Comisión de Derechos de los Animales del Consell de l’Advocacia Catalana reclama que la nueva Ley estatal de Protección Animal no excluya a los perros utilizados en la caza

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El perro Black, que fue abandonado y busca hogar, es la imagen del I Congreso Derecho y Animales. Foto: Elena Rivière

La Comisión de Derechos de los Animales del Consell de l’Advocacia Catalana pide al Gobierno estatal que la nueva Ley de Protección Animal que se tramita actualmente en el Congreso de los Diputados incluya a los animales que se utilizan en la caza, especialmente perros, pero también hurones o perdices. Una enmienda presentada por el PSOE pide que la futura norma sea aplicable sólo a los animales domésticos, mientras que los utilizados en actividades cinegéticas quedarían fuera de la nueva ley.

En caso de sacar adelante la enmienda, no sólo quedarían excluidos los perros de caza, sino también los perros utilizados para actividades específicas, como los perros pastores, de guarda, de asistencia, de rescate, o los animales de Fuerzas, Cuerpos de Seguridad o las Fuerzas Armadas y otros animales destinados a actividades deportivas como la cetrería. Los abogados y abogadas que integran la Comisión de Derechos de los Animales del Consell de l’Advocacia Catalana consideran «inexcusable» que se discrimine a los animales en función de su destino. «No puede ser que un animal tenga menos derechos que otro de la misma especie -y quizá incluso de la misma camada- por el mero hecho de haber ido a parar a manos de un cazador», dice el presidente de la Comisión de Derechos de los Animales del Consell, Ignasi Puig Ventalló.

El también decano del Colegio de la Abogacía de Terrassa recuerda que el pasado mes de marzo el Parlamento Europeo ya dirigió una carta al Gobierno español indicando que el trato que reciben los perros de caza en España va en contra de los valores europeos y infringe el artículo 13 del Tratado de Lisboa, que exige a los Estados miembros de la UE adaptar la legislación para tratar a los animales como seres dotados de sensibilidad. «La nueva Ley estatal perderá todo su espíritu proteccionista en caso de que prospere la enmienda», advierte Puig Ventalló.

Actualmente ninguna de las leyes autonómicas diferencian a los perros en función de la actividad que realizan, así como tampoco lo hacen las ordenanzas municipales. Además, cabe destacar que el Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía, de fecha 13 de noviembre de 1987 (ratificado por España en fecha 9/10/2015 y en vigor desde 1/02/2018) no excluye a ningún perro en función de la “utilidad”, al igual que tampoco se hace distinción de perros en el Código Penal.

Cárcel para los maltratadores de animales

Paralelamente a la tramitación de la nueva Ley de Protección Animal, el Gobierno está llevando a cabo una reforma del Código Penal que ha motivado la presentación de diversas alegaciones por parte de la Comisión de Derechos de los Animales del Consell. Los profesionales de la abogacía rechazan que el nuevo Código Penal establezca la posibilidad, en algunos casos, de castigar sólo con penas de multa el delito de maltrato animal, sustituyendo de esta forma la pena de prisión con la que se castiga actualmente. “El proyecto de reforma del Código Penal no sólo no incrementa las penas de prisión por encima de los dos años –independientemente de la gravedad del delito y que casi nunca se acaban cumpliendo– sino que prevé la posibilidad de penarlas con una simple multa , por lo que beneficia y deja impunes a aquellos delincuentes con capacidad económica”, alega Puig Ventalló. Por este motivo, piden también que se amplíe la pena de prisión por maltrato animal de dos a cuatro años y seis meses, y que se incremente hasta 10 años la inhabilitación por la tenencia de animales y por ejercer una profesión relacionada.

También reclaman que el delito de abandono sea castigado con pena de prisión y que se tipifique expresamente el delito de abusos sexuales hacia animales, con independencia de si se causan o no lesiones -como sí se condena, a día de hoy, con el delito de explotación sexual-, así como que se incluyan nuevas agravantes en el delito de maltrato, como por ejemplo que exista ánimo de lucro, que los hechos se hagan ante personas vulnerables, y que se haga apología del delito a través de las redes sociales, entre otros. Por último, también piden la creación de nuevos tipos delictivos para con los animales, como el maltrato por imprudencia, la causación de muerte sin sufrimiento, la omisión de socorro y la sustracción de animales.

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Artículo de Redaccin publicado en https://www.lawyerpress.com/2022/10/18/la-comision-de-derechos-de-los-animales-del-consell-de-ladvocacia-catalana-reclama-que-la-nueva-ley-estatal-de-proteccion-animal-no-excluya-a-los-perros-utilizados-en-la-caza/