• 14/05/2026 11:32

Expedientes de Jurisdicción voluntaria en materia de sucesiones: claves prácticas para los abogados de familia

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Marían Moreno, Asociación Madrileña de Abogados de Familia e Infancia (AMAFI)

V Congreso AMAFI

El Derecho de sucesiones forma parte de la realidad cotidiana del derecho de familia, ya que la transmisión del patrimonio tras el fallecimiento de una persona afecta directamente a la estructura familiar, a los derechos de los herederos y, en muchas ocasiones, a la protección de menores o personas con discapacidad. Por ello, el conocimiento de los procedimientos sucesorios resulta especialmente relevante para los abogados de familia Madrid y para todos los profesionales del derecho de familia que asesoran a las familias en momentos de especial sensibilidad jurídica y personal.

En este contexto, la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, introdujo un cambio significativo en la forma de tramitar numerosos expedientes sucesorios. La norma reorganizó el sistema existente con un objetivo claro: reducir la intervención judicial en aquellos asuntos en los que no existe conflicto entre partes y trasladar determinadas competencias a otros operadores jurídicos, principalmente al notariado y a los letrados de la Administración de Justicia.

Este cambio ha tenido un impacto directo en la práctica de los juristas especializados en infancia y en quienes trabajan en el ámbito del derecho de familia e infancia en Madrid, ya que muchas cuestiones sucesorias se encuentran estrechamente vinculadas a la protección de intereses familiares.

Un nuevo modelo de tramitación sucesoria

La regulación de los expedientes sucesorios dentro de la jurisdicción voluntaria responde a una lógica de distribución de funciones entre distintas autoridades. El sistema actual distingue entre dos grandes ámbitos de actuación.

Por una parte, existen supuestos en los que interviene la autoridad judicial —hoy integrada en los Tribunales de Instancia, que han sustituido a los antiguos juzgados de primera instancia—. Esta intervención se justifica principalmente cuando el expediente requiere una valoración judicial o cuando están implicados intereses especialmente protegidos.

Por otra parte, muchos procedimientos sucesorios se tramitan actualmente ante notario. Esta atribución de competencias refuerza el papel del notariado en la seguridad jurídica preventiva y permite resolver numerosos trámites con mayor rapidez y cercanía para los ciudadanos.

Para la Asociación Madrileña de Abogados de Familia e Infancia (AMAFI) y para la asociación de abogados de familia e infancia que agrupa a especialistas en este ámbito, comprender este sistema resulta fundamental para orientar adecuadamente a los clientes en la gestión de herencias.

Expedientes sucesorios con intervención judicial

Dentro de los expedientes que pueden requerir intervención judicial se encuentran aquellos relacionados con el albaceazgo. El albacea es la persona designada por el testador para cumplir su voluntad y ejecutar determinadas disposiciones testamentarias. En determinados supuestos —como la renuncia al cargo, la prórroga del plazo para ejercerlo o la necesidad de autorizar determinados actos sobre bienes de la herencia— puede ser necesaria la tramitación de un expediente de jurisdicción voluntaria.

Otro supuesto relevante es el relativo al contador-partidor dativo, figura que permite proceder a la partición de la herencia cuando no existe acuerdo entre los herederos. Este mecanismo resulta especialmente útil para desbloquear situaciones de paralización en el reparto del patrimonio hereditario.

También requieren intervención judicial algunos casos relacionados con la aceptación o repudiación de la herencia. Esto ocurre, por ejemplo, cuando la decisión debe adoptarse en nombre de menores o de personas sujetas a medidas de apoyo. En estas situaciones, la autoridad judicial debe valorar si la decisión adoptada responde al interés del heredero representado.

Este tipo de procedimientos resulta especialmente relevante para los profesionales del derecho de familia, ya que las decisiones sucesorias pueden afectar de manera directa a menores de edad o a personas con discapacidad.

El papel creciente del notariado en las sucesiones

Una de las transformaciones más importantes introducidas por la Ley de Jurisdicción Voluntaria es la ampliación de las funciones notariales en materia sucesoria. Numerosos expedientes que tradicionalmente se tramitaban ante los tribunales pueden resolverse ahora mediante actuaciones notariales.

Entre los más habituales se encuentra la declaración de herederos abintestato, que se tramita mediante un acta de notoriedad cuando la persona fallecida no ha otorgado testamento. Este procedimiento permite determinar quiénes son los herederos legales a partir de la documentación aportada y de las declaraciones de testigos.

Asimismo, los notarios intervienen en la protocolización de determinados tipos de testamentos, como los testamentos cerrados o los testamentos ológrafos. En estos casos, su función consiste en verificar la autenticidad del documento y garantizar su incorporación al protocolo notarial.

El notariado también puede intervenir en otras actuaciones relevantes, como la designación de contadores-partidores dativos o la formación de inventario en los supuestos de aceptación de herencia a beneficio de inventario.

Para quienes forman parte de una red de abogados familiares, conocer estos procedimientos resulta esencial para asesorar a las familias en la tramitación de herencias y evitar retrasos innecesarios.

Seguridad jurídica y protección de los intereses familiares

La reorganización de los expedientes sucesorios introducida por la Ley 15/2015 responde a una tendencia presente en numerosos ordenamientos europeos: la racionalización de la intervención judicial en los procedimientos no contenciosos.

Este modelo permite que los tribunales se concentren en aquellos asuntos que realmente requieren una decisión jurisdiccional, mientras que otros trámites pueden resolverse de manera más ágil mediante actuaciones notariales.

Para los abogados de familia Madrid y para los miembros de AMAFI, esta evolución normativa supone una oportunidad para ofrecer un asesoramiento más eficaz a las familias. La correcta elección del procedimiento —judicial o notarial— puede facilitar la resolución de los asuntos sucesorios con mayor rapidez y seguridad jurídica.

En definitiva, la jurisdicción voluntaria en materia sucesoria constituye hoy una herramienta fundamental para gestionar la transmisión del patrimonio familiar. Su conocimiento forma parte del bagaje imprescindible de los profesionales del derecho de familia y de los juristas especializados en infancia, que desempeñan un papel clave en la protección de los intereses familiares en momentos especialmente delicados.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2026/05/07/expedientes-de-jurisdiccion-voluntaria-en-materia-de-sucesiones-claves-practicas-para-los-abogados-de-familia/