Para despedir a un empleado, la empresa no debe basase en meras pruebas indiciarias de conductas que revistan el carácter grave, debe ir un paso más allá: se debe acreditar la conducta negligente, dolosa o culpable del trabajador. De este modo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha declarado la improcedencia del despido […]
Echarse «una siesta» durante la jornada laboral no es suficiente motivo para justificar el despido