• 03/05/2024 11:21

Condenada una mujer por un delito de acoso a un hombre por vigilarlo con GPS

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El Juzgado de lo Penal número 1 de Marbella ha condenado a una mujer “como autora penalmente responsable de un delito de acoso, a la pena de cuatro meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y debiendo satisfacer las costas originadas en el presente procedimiento”.

Asimismo, la sentencia impone a la mujer “la prohibición de aproximación al afectado, a su domicilio lugar de trabajo u otro que él frecuente a distancia no inferior a 50 metros, así como comunicarse con él por cualquier medio por un tiempo de tres años”.

Óscar Gómez, socio de Balms Abogados y responsable de la defensa del afectado, se ha mostrado muy satisfecho “con una sentencia que es excepcional por cuanto estamos acostumbrados a que sean los hombres los que acosan y no las víctimas de un proceso de acoso continuado como en este caso”.

Según relataron los testigos y recoge la sentencia, “la acusada permanecía sentada en un banco situado a la entrada de la oficina a diario, de lunes a viernes, desde primera hora de la mañana y que cuando el acosado salía para hacer alguna gestión ella iba detrás. Asimismo, ratificó el hecho de que frecuentemente entraba en la oficina increpándole y preguntándole dónde venía y qué había hecho”. Los testimonios recogen que esta situación “tuvo lugar durante muchos meses y de manera constante y diaria”.

La acusada, por su parte, se excusaba diciendo que permanecía durante horas en el banco frente a la oficina de su acosado porque allí tenía mejor wifi, aunque no se ha podido demostrar que en su domicilio no tuviera este servicio, según la sentencia.

Por todo ello, la sentencia concluye que, “tras la valoración conjunta de la prueba practicada, puede concluirse que han resultado acreditados los hechos declarados probados, y la concurrencia de los requisitos exigidos por el artículo 172 ter del código penal, produciéndose una actuación por parte de la acusada de vigilancia seguimiento y control del acosado, injustificada, reiterada y constante, prolongada durante varios meses, casi diaria y comprensiva de toda la jornada laboral del mismo, desde las 8:00 a.m. hasta las 15 horas”. “Resulta, asimismo acreditado -según la sentencia- que dicha actuación obsesiva y controladora produjo, y tenía entidad suficiente para producir, una alteración sustancial en las costumbres y hábitos cotidianos del acosado, no sólo por el hecho de que el mismo tuviera que llevar a cabo conductas de vigilancia al salir de su domicilio, causa de los seguimientos y controles, incluso por GPS, que la acusada efectuaba, y viéndose obligado a abandonar rutinas tales como paseos en bici, sino que incluso le llevó a solicitar ante el Juzgado instructor una medida cautelar de prohibición de aproximación y comunicación con él, acordada mediante Auto de fecha 1 de febrero de 2018”.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2023/10/11/condenada-una-mujer-por-un-delito-de-acoso-a-un-hombre-por-vigilarlo-con-gps/