• 14/06/2025 04:31

Comunicado de INGITE: en defensa de la posibilidad de reclasificación de los cuerpos de Ingeniería Técnica al subgrupo A1

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Desde el Instituto de Graduados en Ingeniería e Ingenieros Técnicos de España (INGITE) nos complace anunciar la noticia de la aprobación por parte del Senado, el pasado 20 de mayo, de la moción propuesta por el Grupo Parlamentario Popular instando al Gobierno a adoptar todas las medidas necesarias para permitir la reclasificación de los cuerpos de Ingenieros Técnicos y Arquitectos Técnicos al subgrupo A1 de la Administración Pública. Esta iniciativa reconoce una realidad técnica, académica y profesional: los titulados de Grado en Ingeniería poseen la formación, competencias y atribuciones necesarias para desempeñar funciones del subgrupo A1.

Por ello, el INGITE, ha emitido el siguiente COMUNICADO, en defensa de la posibilidad de reclasificación de los cuerpos de Ingeniería Técnica al subgrupo A1.

  1. CONTEXTO Y ANTECEDENTES

El 20 de mayo de 2025, el Senado aprobó una moción propuesta por el Grupo Parlamentario Popular instando al Gobierno a adoptar todas las medidas necesarias para permitir la reclasificación de los cuerpos de Ingenieros Técnicos y Arquitectos Técnicos al subgrupo A1 de la Administración Pública. Esta iniciativa reconoce una realidad técnica, académica y profesional: los titulados de Grado en Ingeniería poseen la formación, competencias y atribuciones necesarias para desempeñar funciones del subgrupo A1.

  1. AGRADECIMIENTO E INICIATIVA LEGISLATIVA

Desde el INGITE, agradecemos al Partido Popular el impulso de esta iniciativa que consideramos justa, necesaria y rigurosa. Instamos al resto de fuerzas políticas a sumarse a este proceso de actualización y justicia profesional, consolidando el desarrollo que trajo consigo el EEES y eliminando barreras que, a día de hoy, carecen de justificación legal o técnica y que por supuesto no existen en el ámbito privado.

Y solicitamos que el gobierno central inicie un diálogo serio y riguroso sobre la ordenación de los cuerpos funcionariales que todavía no han sido adaptados, a diferencia del resto de profesiones, tal y como el ordenamiento jurídico exige.

  1. FUNDAMENTO LEGAL: ARTÍCULO 76 DEL EBEP

El artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) establece como requisito para el acceso tanto al subgrupo A1 como al A2 la posesión de una titulación universitaria de Grado, y los Grados en Ingeniería no son diferentes a otras titulaciones de Grado, contando con la misma carga lectiva (240 ECTS) y conduciendo al ejercicio de actividades profesionales.

Esta norma no exige otra titulación diferente salvo que una norma con rango de Ley así lo indique. Interpretación que ya ha sido ratificada por el Tribunal Supremo en varias sentencias, entre ellas la STS  341/2015 o STS  94/2022.

  1. EL FIN DE LA TRANSITORIEDAD

La disposición transitoria tercera del EBEP, que permitía mantener provisionalmente a ciertos cuerpos en el subgrupo A2 mientras se completaba la implantación de los nuevos títulos, ha perdido vigencia. Desde 2014, todos los títulos de Ingeniería se imparten como Grado con 240 ECTS, equivalentes al nivel MECES 2 y EQF 6. Por tanto, la exclusión de los Graduados en Ingeniería del acceso al A1 constituye una anomalía injustificable.

  1. ATRIBUCIONES Y FUNCIONES PROFESIONALES

Los Ingenieros Técnicos poseen atribuciones profesionales plenas conforme a la Ley 12/1986. Desarrollan funciones con responsabilidad directa, sin subordinación técnica a otros cuerpos, tanto en el ámbito público como en el privado. Por tanto, resulta incoherente y discriminatorio que su acceso a puestos A1 esté limitado.

  1. IGUALDAD, MÉRITO Y CAPACIDAD

La Constitución Española, en su artículo 23.2, establece que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos. La actual situación vulnera dicho principio, al impedir que Graduados en Ingeniería compitan en igualdad con otros graduados (como Derecho, Farmacia o Economía) que sí acceden al A1 sin restricciones.

Ningún Graduado en Ingeniería accederá al A1 sin superar un proceso selectivo. Lo que se reclama no es un trato de favor, sino el derecho a competir en igualdad de condiciones y en base a la ley.

Defender lo contrario es ignorar los principios esenciales de Mérito, Capacidad e Igualdad, al que habría de añadir el de competitividad, si realmente se quiere que la Administración Pública esté a la altura de lo que la sociedad necesita.

  1. RESPUESTA A LA UPCI Y ALEGACIONES INFUNDADAS

El comunicado de la UPCI refleja una posición defensiva, corporativista y carente de argumentos técnicos o legales. Es paradójico que no se opongan al acceso al A1 de otros grados universitarios de 240 ECTS (economistas, periodistas, biólogos, farmacéuticos, derecho, etc…), pero sí lo hagan con los Graduados en Ingeniería. Esta doble vara de medir denota una actitud que se podría considerar elitista, y a su vez, alejada del interés general.

Y sobre todo resulta especialmente esclarecedor sobre la idiosincrasia de esta organización, su compromiso institucional de “mantener” y “preservar” la “diferenciación” entre los cuerpos y escalas de Ingenieros e Ingenieros Técnicos, es decir, que no se trata de que nosotros no nos merezcamos estar en el Grupo A1 como el resto de graduados, sino que solo necesitan o pretenden que estemos por “debajo” de ellos.

Argumentación propia del siglo XIX, involucionista y alejada de la realidad social española, europea y mundial.

  1. RESPUESTA A FEDECA

Resultan extraordinariamente graves las manifestaciones que ha realizado FEDECA (Federación española de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado), que incluye a los cuerpos de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Diplomáticos,  Técnicos Comerciales y Economistas del Estado, Interventores y Auditores del Estado, Inspectores de Hacienda, Letrados de la Administración de la Seguridad Social, Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social, Abogados del Estado, etc…, a los que a todos se puede acceder con la titulación de Grado, pero que al parecer y para ellos, los Grados en Ingeniería son menores o diferentes.

No hay nada peor que el corporativismo mal entendido, el inmovilismo y los “cotos cerrados”, para conseguir que nuestra sociedad no avance.

  1. SITUACIÓN EN EUROPA: UNA EXCEPCIÓN ESPAÑOLA

La Directiva 2005/36/CE impulsa el reconocimiento de cualificaciones y competencias, no estructuras obsoletas ni jerarquías heredadas del pasado. La Administración española debe alinearse con este enfoque moderno y meritocrático.

Para su justificación solo habría que remitirse al Estatuto de la función pública de la Unión Europea, el Reglamento nº31 (CEE) 11(CEEA), por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

Tal y como se puede comprobar en el artículo 5 del mismo, para el acceso a los cuerpos de administadores (AD) en todos y cada uno de sus niveles desde el 7 al 16, que sería el equivalente en España al Grupo A (A1 y A2), a los mismos se puede acceder o bien con una titulación universitaria de 4 años, o bien con una titulación universitaria de 3 años y un año de experiencia.

  1. COMPETENCIAS Y FORMACIÓN: LA REALIDAD FUNCIONAL

La realidad empresarial y funcional no distingue por titulaciones y si por competencias, capacidades y destrezas, algo que con situaciones como esta no termina de llegar a la administración, ya que se elige a los mejores entre unos pocos, y no se permite el que otros muchos puedan también demostrar y desarrollar su valía, cuando además, están en posesión de una titulación académica, que conforme a toda la legislación vigente es la que habilita para el ejercicio de actividades profesionales, y que en nuestro caso además está reconocido a nivel europeo y mundial. El fomento de la competitividad, también es muy importante en el ámbito profesional, teniendo en cuenta que la formación universitaria es importante, pero que también lo son la experiencia profesional, la formación continua y las capacidades individuales.

Este criterio debe trasladarse también al ámbito público, permitiendo que los mejores accedan a las plazas, sin discriminaciones basadas en títulos que ya son equivalentes legalmente.

  1. DISCRIMINACIÓN

Hoy en día, los y las Ingenieras Técnicas (Graduados/as), permanecen en el grupo de clasificación profesional A2, lo que repercute negativamente en su desarrollo y avance profesional, constituyendo una clara discriminación respecto al resto de titulaciones de Grado, que les impide el acceso a puestos relacionados con la gestión/dirección de alto nivel, toma de decisiones, liderazgo, en clara contradicción con lo que ocurre en el sector privado, donde no tienen ninguna limitación.

  1. SOBRE EL INGITE

El Instituto de Graduados en Ingeniería (Ingenieros) e Ingenieros Técnicos de España (INGITE) es una entidad de carácter científico en la que están integradas las instituciones que representan a las distintas ramas de la Ingeniería Técnica (Aeronáuticos, Agrícolas, Industriales, Obras Públicas, Telecomunicaciones, Forestales, Minas, Navales, Topógrafos, ICAI, Informáticos), constituida al amparo del artículo 22 de la Constitución Española. Representa a más de 350.000 profesionales (www.ingite.es).

  1. CONCLUSIÓN Y PETICIÓN FINAL

Desde el INGITE:

  • Apoyamos con firmeza la moción aprobada en el Senado.
  • Solicitamos al Gobierno central, Gobiernos autonómicos y locales, la adopción de esta iniciativa, y por tanto la eliminación de una discriminación normativa, académica y profesional injusta.
  • Exigimos que se reconozca el derecho legal, ético y profesional de los Graduados en Ingeniería a acceder al subgrupo A1.

El progreso de la Administración pasa por el reconocimiento del mérito, la igualdad de oportunidades y la eliminación de barreras anacrónicas. Esta no es una petición corporativa. Es una exigencia de justicia y modernización.

Descargar comunicado INGITE.

Descargar moción.

 

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