• 20/04/2024 10:07

Sentencia favorable antes las temidas tarjetas revolving

Tiempo estimado de lectura: 3 minutos, 28 segundos

Los abogados de Reclama Por Mí, plataforma especializada en la defensa del consumidor, han conseguido una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que declara usura el TAE del 18,01% de una tarjeta revolving emitida por Caixabank  Payments & Consumer en el año 2008.

Este hito judicial pone de manifiesto que las recientes sentencias que no consideran usurarios TAEs superiores al 20% no sientan jurisprudencia y que solo deben entenderse como casos aislados.

Reclamación ante Caixabank Payments & Consumer

El 6 de junio de 2019 la afectada presentó una reclamación contra Caixabank Payments & Consumer por considerar que la tarjeta emitida el 12 de marzo de 2008 no superaba los controles de transparencia y, por tanto, debían considerarse abusivos los intereses y comisiones ahí estipulados. A la par se solicitaba que se declarase que el interés remuneratorio impuesto al consumidor en el contrato de línea de crédito era usurario.

El Juzgado de Primera Instancia nº 40 de Madrid dictó sentencia en fecha 29 de junio de 2020 cuyo fallo estimó la demanda presentada por la afectada. Sin embargo, la entidad bancaria decidió presentar un recurso de apelación contra la misma. Como en el año 2008 aún no existían las tablas del Banco de España que hoy en día sirven de guía en estos casos, el juzgado tomó como referencia el tipo medio de las operaciones de crédito al consumo, que era de un 9,071% TAE.

Por tanto, la audiencia ha confirmado que efectivamente ese 18,01% TAE se considera un tipo de interés usurario y la filial de Caixabank se ha visto en la obligación de devolver a la afectada todas las cantidades percibidas como resultado de los intereses y comisiones que excedan del capital prestado, tras declararse nulo el contrato de tarjeta , así como a hacerse cargo de las costas del procedimiento.

Por qué hay sentencias que no consideran usura un TAE de más del 20%

Esta sentencia contra Caixabank Payments & Consumer supone un hito judicial en un contexto en el que, las entidades bancarias se están haciendo eco de dos sentencias dictadas por la Sala Primera del Tribunal Supremo que no han considerado usurarias tarjetas revolving con una TAE superior al 20% y, por tanto, que han generado cierta confusión entre los usuarios.

Concretamente, el pasado 4 de octubre se hizo pública una sentencia del Tribunal Supremo que no consideraba usuraria una tarjeta con un interés del 20,9%. En este caso, el tribunal no la consideró usuraria  ya que en las fechas próximas a su emisión era habitual que este tipo de tarjetas  superasen hasta el 26% anual. Por tanto, se trata de un caso aislado y concreto que no sienta jurisprudencia a la hora de juzgar el resto de tarjetas revolving. Ya en mayo de este mismo año sucedió algo similar cuando se declaró no usuraria una tarjeta con una TAE del 24,5%, aunque también en ese caso se debía a la comparativa realizada con los tipos medios de interés de las tarjetas en la fecha de emisión.

De hecho, fue tal la confusión que generó esa sentencia que el Alto Tribunal se vio en la obligación de publicar una nota aclaratoria en la que especificaba que esa sentencia no implicaba en modo alguno, rectificación ni matización de la doctrina jurisprudencial citada, que debe aplicarse en función de los hechos que resulten probados en cada caso”.

A pesar de la confusión, en los últimos meses los abogados de www.reclamapormi.com han continuado gestionando reclamaciones de tarjetas revolving sin importar la TAE que presenten con una tasa de éxito del 98%, lo que demuestra que ninguna de estas dos sentencias ha sentado jurisprudencia y los usuarios pueden continuar ejercitando sus derechos para recuperar su dinero.

Cómo reclamar un TAE inferior al 20%

La sentencia que marca jurisprudencia en este ámbito es la nº149/2020 del PLENO DEL Tribunal Supremo, que abrió la puerta a los afectados para presentar sus reclamaciones FRENTE a las entidades bancarias y recuperar el dinero pagado como resultado de los abusivos intereses aplicados. A pesar de no haberse estipulado con claridad el tipo de interés a partir del cual se puede considerar usuraria la TAE, en muchos casos los consumidores pueden pensar que no tienen la posibilidad de recuperar su dinero por aplicárseles tipos de interés inferiores al 20%.

Sin embargo, desde Reclama Por Mí recuerdan a los usuarios que también es posible reclamar una tarjeta revolving incluso aunque los intereses se encuentren por debajo del 20%, si se tienen en cuenta ciertas circunstancias:

Variación en los intereses a lo largo de los años: Los intereses varían a lo largo de los años, por lo que es posible que aunque ahora mismo se cuente con una TAE baja, hace años la tarjeta revolving en cuestión pudo haber tenido otros más altos que sí se puedan llegar a considerar usurarios. En esos casos lo mejor es consultar con despachos expertos como el de Reclama Por Mí, porque es posible presentar una reclamación solicitando la nulidad total del contrato.
Fecha de emisión de la tarjeta revolving: Tal y como demuestra la sentencia emitida tras reclamar la tarjeta revolving Caixabank Payments & Consumer, el tipo de interés medio en el momento de emisión de la tarjeta es determinante para saber si se puede considerar usurario o no.
Falta de transparencia en la comercialización de la tarjeta: Independientemente del interés de cada tarjeta revolving, muchos productos financieros no han sido comercializados de manera honesta y por lo tanto se puede conseguir la nulidad de un contrato por otras razones distintas  a la usura en el tipo de interés.

“Las recientes sentencias emitidas por el Tribunal Supremo que no consideran usura TAEs por encima del 20% han sembrado el caos entre los usuarios, que creen que no tienen derecho a reclamar. A esto hay que sumar que los bancos han aprovechado la ocasión para crear confusión diciendo que este tipo de sentencias sientan jurisprudencia para desanimar a reclamar, cuando la realidad es que se trata de casos concretos que no sientan precedentes. Por eso no solo es importante que los usuarios conozcan sus derechos, sino también que cuenten con la asesoría de expertos como los abogados con los que trabajamos en Reclama Por Mí, que estudiarán cada caso particular para dar con la mejor solución”, concluye Cristina Gonzalez Piñeiro, Directora Jurídica de Reclama Por Mí.

Fuente: Reclama Por Mí

La entrada Sentencia favorable antes las temidas tarjetas revolving aparece primero en Diario Jurídico.


Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/sentencia-favorable-antes-las-temidas-tarjetas-revolving/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=sentencia-favorable-antes-las-temidas-tarjetas-revolving