• 15/05/2024 18:46

Los gastos de estudios son deducibles en la renta si el estudiante se traslada fuera de las Islas Canarias

Tiempo estimado de lectura: 49 segundos

La delegación en Canarias de la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, ha recibido una respuesta favorable y vinculante por parte de la Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias.

Se trata de la posible aplicación de  la deducción por gastos de estudios en la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), cuando existe oferta educativa en la isla de residencia pero no suficiente para todos los estudiantes solicitantes, y como consecuencia es necesario el traslado fuera para realizar estos estudios.

La respuesta recibida contempla la aplicación de “la deducción por gastos de estudios en la parte autonómica de la cuota íntegra del IRPF, cuando en la isla de residencia del contribuyente no se puedan cursar estudios en centros públicos, por no superar la nota mínima de acceso exigida, siempre que se cumplan el resto de requisitos”.

Asimismo, el escrito remitido a AEDAF recoge que: “En virtud del principio de corresponsabilidad fiscal, la Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencias para crear deducciones propias en la parte autonómica de la cuota íntegra del IRPF, en los términos recogidos en el artículo 46.1.c) de la Ley 22/2009, y en el artículo 13 de su predecesora, la Ley 14/1996, de 30 de diciembre, de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas y de medidas fiscales complementarias.

La entrada Los gastos de estudios son deducibles en la renta si el estudiante se traslada fuera de las Islas Canarias aparece primero en Diario Jurídico.


Artículo de RedaccionDJ publicado en https://www.diariojuridico.com/los-gastos-de-estudios-son-deducibles-en-la-renta-si-el-estudiante-se-traslada-fuera-de-las-islas-canarias/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=los-gastos-de-estudios-son-deducibles-en-la-renta-si-el-estudiante-se-traslada-fuera-de-las-islas-canarias