• 07/11/2024 17:06

Laboralistas advierten de la importancia de definir la reducción de la jornada laboral máxima mediante el diálogo social y la negociación colectiva para evitar que la medida sea politizada

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Más de 400 expertos en Derecho Laboral y Seguridad Social se dieron cita en Lleida del 24 al 26 de octubre para participar en el XXIV Congreso Nacional de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA), el mayor foro para profesionales del sector jurídico-laboral en España. La inauguración del evento contó con la participación de destacadas figuras, como Ana Gómez Hernández, presidenta de ASNALA; José Crespín Gómez, subdelegado del Gobierno en Lleida; Montserrat Cerqueda Serrando, decana del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Barcelona, Girona y Lleida; José Miguel Moragues Martínez, vicedecano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Lleida; y Ramón Espadaler Parcerisas, consejero de Justicia y Calidad Democrática de la Generalitat de Catalunya.

Celebrado en el Palau de Congressos – La Llotja, el congreso de este año puso sobre la mesa algunos de los temas más críticos que enfrenta actualmente el mercado laboral, incluyendo la futura reforma de la jornada laboral máxima, la discriminación por edad y el impacto de la reciente decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) en el sistema de despido español.

Uno de los puntos más debatidos fue la reciente propuesta del Gobierno de reducir la jornada laboral que, según el catedrático de la Universidad de Barcelona, Jordi García Viña, “carece de base científica y supone un reto significativo para las relaciones laborales”.

Yolanda Valdeolivas García, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Madrid, coincide en que “la reducción del tiempo de trabajo representa ahora un debate contaminado y politizado que seguramente entorpece el análisis de una cuestión con múltiples implicaciones para trabajadores y empresa”.

Ambos alertan sobre las repercusiones negativas que esta medida podría tener si no se estudia con rigor, recomendando que la reducción del tiempo de trabajo se discuta en el ámbito de la negociación colectiva. Necesitamos de leyes dispositivas que, sin perjuicio de imponer mínimos cuya ausencia arriesgue el imprescindible equilibrio de las partes, deje mayor espacio a la negociación colectiva, más cercana a las necesidades y especificidades de empresas y personas trabajadoras”, puntualiza Yolanda Valdeolivas García. De acuerdo con los últimos datos de Eurostat, en España se trabajan de media 36,4 horas efectivas, excluyendo de ese tiempo descansos y desplazamientos. En Europa, la media se sitúa en 36,1 horas.

También se abordó el efecto de esta medida en el debate de la conciliación de la vida laboral y familiar, un área que en la que en 2023 se registraron 70.816 procedimientos de jurisdicción voluntaria, siendo la más numerosa de esta categoría según la última Memoria Anual del Poder Judicial. Para Valdeolivas, «la resolución de estos habituales conflictos requiere una mayor implicación de la negociación colectiva para anticipar y ordenar los intereses en juego«. Además, propuso fomentar el uso de medios de solución autónoma, como el arbitraje, que pueden proporcionar respuestas más inmediatas y equitativas frente a los largos procesos judiciales.

La necesidad del Tribunal Supremo de unificar doctrina ante el pronunciamiento del Comité Europeo de Derechos Sociales

En relación con el fallo del CEDS que cuestiona el tope de 24 mensualidades en la indemnización por despido improcedente en España, Jesús Lahera Forteza, vocal de ASNALA y  catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense de Madrid, aclaró que dichas decisiones no son vinculantes. “El artículo 24 de la Carta Social Europea no es directamente aplicable y los jueces españoles deben seguir aplicando la normativa nacional vigente, sin poder sustentar sus decisiones en este fallo, aclaró Lahera.

Sin embargo, también resaltó la creciente divergencia en las sentencias de algunos tribunales superiores, como los de País Vasco y Cataluña, que han otorgado indemnizaciones adicionales en casos de despido. En este sentido, el catedrático advierte que el Tribunal Supremo deberá pronunciarse pronto para unificar doctrina y esclarecer si el artículo 24 de la Carta Social Europea es directamente aplicable en España y cómo se debe interpretar en relación con las normas nacionales.

La discriminación por edad, la menos protegida en el ámbito laboral

Raquel María Naveiro Santos, magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, subrayó en su intervención que la discriminación por razón de edad es «la menos protegida de todas las discriminaciones«, haciendo una llamada de atención sobre un fenómeno creciente en el ámbito laboral. Según los datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en septiembre de 2024 había 1.485.685 parados mayores de 45 años. Con respecto al total de parados y de acuerdo a los últimos datos del INE, los desempleados de entre 45 y 55 años representan el 23,4% del total, mientras que los mayores de 55 años suponen un 18,4%. Durante su ponencia, Naveiro ofreció una visión global de este problema, con especial énfasis en el contexto laboral, y repasó la protección legal existente a nivel internacional, europeo y nacional.

Además, la magistrada analizó algunos de los principales pronunciamientos de los tribunales europeos y nacionales en esta materia, destacando sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), del Tribunal Constitucional (TC), del Tribunal Supremo (TS) y los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ). Naveiro explicó que, cuando se aplican medidas efectivas que minimizan el impacto sobre los trabajadores cercanos a la jubilación, el criterio de edad puede ser considerado proporcionado y legalmente justificado.

 


Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/laboralistas-advierten-de-la-importancia-de-definir-la-reduccion-de-la-jornada-laboral-maxima-mediante-el-dialogo-social-y-la-negociacion-colectiva-para-evitar-que-la-medida-sea-politizada/