La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) ha denunciado hoy ante el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en Ginebra, la vulneración del derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados en los divorcios y rupturas de pareja donde se dilucidan cuestiones tan esenciales en sus vidas como qué padre o madre será el más idóneo para su cuidado, el sistema de guarda y custodia o cómo se desarrollará la comunicación y visitas con el otro progenitor.
España suscribió en el año 1990 la Convención sobre los Derechos del Niño, uno de los tratados de derechos humanos más ratificado del mundo. Su firma compromete a los países firmantes a su aplicación y, por tanto, a rendir cuentas.
Periódicamente, la última vez fue en 2018, España se somete a una especie de ‘examen’ por parte del Comité de los Derechos del Niño. Este grupo de expertos no solo escucha al Gobierno del país analizado, también se reúne con organizaciones de infancia, defensores y entidades como la AEAFA, que está representada por Nerea Sologaistua, Óscar Martínez y Ramón Quintano, quienes se han trasladado hasta el Palacio Wilson, en Ginebra, para participar en la reunión con el Comité de los Derechos del Niño integrado por Philip D. Jaffé, Mary Beloff, Rosaria Correa, Bragi Gudbrandsson.
Solo hay obligación de escuchar a partir de los 12 años
Desde la AEAFA se exige una regulación del derecho de escucha a los niños, niñas y adolescentes (NNA) en los procesos de Familia y la eliminación de la frontera de edad. “Lamentablemente, en la práctica judicial solo existe la obligación de escucharlos a partir de los 12 años y, por desgracia, no siempre se cumple esta exigencia, salvo en los procesos relativos a la sustracción de menores donde la exploración se puede llevar a cabo, aunque sean pequeños”, señaló la vocal de la AEAFA Nerea Sologaistua.
Asimismo, la AEAFA reclama el establecimiento de una serie de directrices con las que ya coinciden la mayoría de los operadores jurídicos (jueces, fiscales y abogacía). Estas pautas son:
Que la escucha no se produzca en el mismo día y hora que la audiencia del divorcio o de adopción de medidas que afectan a la familia. En la práctica, los NNA son llamados a exploración judicial el mismo día y hora de la audiencia, lo cual provoca en la infancia y adolescencia un estrés innecesario además de incrementarse el riesgo de conflicto de lealtades.
Que la escucha garantice que la opinión está siendo libremente emitida y su voluntad correctamente formada, no mediatizada o interferida por la conducta o influencia de alguno de los padres.
La opinión del niño será atendible, siempre que sus razones no estén inspiradas en criterios de comodidad a corto plazo.
La Sentencia debe incluir un apartado dedicado al NNA en lenguaje adaptado a su madurez para entender la decisión judicial.
Hay que tener en cuenta que en España más de la mitad de los niños y niñas (55%) que acude a un juzgado por una crisis de familia comparece en la sala de vistas y el mismo día de la celebración del juicio donde sus padres litigan, con el componente de miedo, tensión y ansiedad que eso supone. Solo el 6% de los menores en España expone su opinión en una sala amigable y adecuada para tal efecto, mientras un 35% restante lo hace en el despacho del juez, según indica el Observatorio del Derecho de Familia de la AEAFA.
La audiencia del menor es una prueba habitual en los procedimientos judiciales de divorcio o rupturas de pareja, modificación de medidas y violencia doméstica. Los niños y las niñas tienen derecho a ser escuchados cuando los padres y las madres discrepan sobre asuntos que les atañen directamente como la guarda y custodia, el régimen de visitas, el lugar de residencia, un cambio de colegio, la celebración de un acto religioso, etc.
“Si se hace en la sala de vistas en presencia del fiscal y del juez vestidos con toga y en estrados, el menor se sentirá intimidado y cohibido. El trauma resulta mucho mayor y no se expresará con libertad, que es el objetivo de su intervención”, afirma Nerea Sologaistua.
Abogado y procurador para los niños, como exige la ley
Por otra parte, la AEAFA ha denunciado en Ginebra que España está vulnerando el derecho fundamental consagrado en la Constitucional (Art. 24) a la tutela judicial efectiva de los niños, niñas y adolescentes, es decir, a que puedan iniciar un proceso legal con tal de solicitar que se repare la vulneración de sus derechos.
La AEAFA lamenta que la falta de medios económicos y materiales dejen sin efecto la legislación vigente y el derecho a una asistencia jurídica inmediata y gratuita cuando los NNA son víctimas de maltrato/abuso o cuando son declarados en desamparo y desean oponerse judicialmente a esta medida administrativa.
Asimismo, la Asociación Española de Abogados de Familia ha reclamado también una reforma legislativa para que los NNA cuenten con defensa letrada para defender su legítimo interés en procesos de Familia con una conflictividad entre los padres. Estos casos de ruptura familiar suelen provocar en los hijos un conflicto de lealtades (la obligación de elegir entre el afecto de los dos), lo que provoca en ellos depresión y diversos trastornos psicológicos. Por este motivo, una defensa letrada para los menores evitaría que sus intereses queden en un segundo plano en la disputa que han entablado los padres.
Sin los prometidos Juzgados de Violencia contra los menores
La ley de infancia entró en vigor el 5 de junio de 2021 y desde su publicación se establecía el periodo de un año para crear los Juzgados de Violencia contra la Infancia y Adolescencia. Esta medida es “esencial” para evitar la revictimización de los menores. Sin embargo, a pesar del mandato, solo existe uno de ellos en Las Palmas de Gran Canaria con carácter piloto.
Por este motivo, la AEAFA ha trasladado al el Comité de los Derechos del Niño el incumplimiento de la ley para evitar situaciones de maltrato institucional. Cuando un niño o niña denuncia se ve obligada a testificar varias veces. Primero, con los agentes policiales, después en la unidad de valoración forense (cuando la hay) y luego, ante la jueza o juez. La idea es evitar la victimización secundaria de los niños y, a través de estos juzgados, garantizar que sean atendidos por operadores jurídicos especializados; en espacios adecuados y amigables; y mediante un proceso rápido y ágil.
Especialización para prevenir la violencia
La AEAFA, a través de sus representantes Nerea Sologaistua, Óscar Martínez y Ramón Quintano, han evidenciado ante Naciones Unidas la necesidad de que en España se lleve a cabo una especialización de los operadores jurídicos (jueces, fiscales y abogados) implicados en procesos de Familia. “La especialización reduce la duración de los procedimientos e incrementa la cantidad, la calidad y el acierto de las decisiones adoptadas”, señala la AEAFA.
“Una respuesta rápida y especializada es esencial en la prevención de la violencia y en el bienestar emocional de los menores. Asimismo, es necesario aumentar sustancialmente la dotación de medios económicos y humanos a la administración de justicia, para poder tener un servicio público de la calidad que merecen todos los ciudadanos independientemente de su lugar de residencia”, inciden.
“España aprueba leyes cargadas de buenas intenciones, pero luego ni se desarrollan normativamente ni se acompañan de recursos económicos y personales. Esto da lugar a un maltrato institucional de los menores”, señaló Nerea Sologaistua.
Carencias de España
Asimismo, los portavoces de la AEAFA ante la ONU han resaltado las carencias de España en diversos ámbitos que afectan directamente al bienestar de los niños. Entre estas insuficiencias destacan la falta de equipos psicosociales para la exploración de los menores en procesos de Familia, la escasez de Puntos de Encuentro Familiar para la entrega, recogida y contacto con los hijos en procesos de divorcio y ruptura de pareja conflictivo y la necesidad de implementar la figura del coordinador de parentalidad.
La AEAFA es la mayor asociación de abogados de España, con más de 2.700 letrados especializados en Familia, Menores y Discapacidad.