El proceso de divorcio en Colombia puede llevarse a cabo de dos maneras: mediante un proceso judicial o a través de una notaría.
El propósito principal de la iniciativa es facilitar el proceso de divorcio al permitir que la decisión unilateral de uno de los cónyuges sea suficiente para disolver el vínculo matrimonial. Esto elimina la necesidad de que ambas partes estén de acuerdo o que se presenten causas específicas, promoviendo el principio de autonomía personal en las relaciones y reduciendo potenciales conflictos derivados del proceso. Con 89 votos a favor, el proyecto superó su último debate en la Plenaria de la Cámara.
Para el representante por Huila y líder de la iniciativa, Julio César Triana, «es una herramienta para combatir la violencia intrafamiliar». Además, señaló: «Si el amor se acaba y hay una decisión tomada por alguna de las personas, debe ser respetada».
Por su parte, en la votación final hubo 11 congresistas que manifestaron su oposición al «divorcio exprés». Entre ellos, Juan Manuel Cortés, quién destacó: «Esto afecta los valores de nuestra sociedad, el matrimonio es sagrado y debemos protegerlo».
Ahora, el también llamado divorcio unilateral irá a conciliación y después pasará a sanción presidencial.
Divorcio express en Colombia: qué cambia con la nueva ley y qué necesita ahora para separarse
Ahora, los colombianos pueden divorciarse sin necesidad del consentimiento de la otra parte, una modificación que elimina la obligatoriedad de presentar causales de culpabilidad como infidelidad o incumplimiento de deberes conyugales.
Esta nueva legislación introduce la causal número 10 en el artículo 154 del Código Civil, que permite el divorcio por la “sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”.
Cualquiera de las partes puede solicitar la disolución del vínculo matrimonial ante un juez de familia si no existe un acuerdo previo. En caso de mutuo acuerdo, el divorcio puede tramitarse de manera más expedita a través de una notaría, conocido como “divorcio exprés”, según lo estipula el artículo 34 de la Ley 962 de 2005.
Ahora, quien busque divorciarse, “no tiene que hacerlo por una causal de violencia intrafamiliar, de alcoholismo o cosas por el estilo, y tampoco tiene que demostrar dos años de no convivencia”, explicó Miranda, ponente de la iniciativa.
La congresista de la Alianza Verde agregó: “Simplemente desde el momento que una de las partes tenga la voluntad de separarse, se inicia un proceso ante un juez teniendo en cuenta que se van a mantener absolutamente todas las garantías en términos de repartición de bienes, de protección al cónyuge y también a los hijos”.
Fuente: Oficina de Información y Prensa Cámara de Representantes