La Comisión Europea ha decidido hoy enviar dictámenes motivados adicionales a España, Francia, Hungría e Irlanda por no haber transpuesto plenamente las normas de la UE sobre el fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables como establece la Directiva (UE) 2018/2001
y cuyo plazo de trasposición había expirado.
El plazo para transponer la Directiva al Derecho nacional expiró el 30 de junio de 2021. En julio de 2021, la Comisión envió cartas de emplazamiento a los cuatro Estados miembros por no haber transpuesto plenamente la Directiva.
Dicha directiva fija el marco jurídico para el desarrollo de las energías renovables en la electricidad, la calefacción, la refrigeración y el transporte de la UE. con un objetivo vinculante de estas energía a escala de la Unión para 2030.
Incluye normas específicas para las garantías de origen o certificados electrónicos para informar a los clientes finales sobre el porcentaje de energía procedente de fuentes renovables en la combinación energética de un proveedor.
Dicha directiva incluye además criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como normas sobre la verificación de que estos combustibles cumplen dichos criterios, ha informado la Comisión en un comunicado.
Por lo que se refiere a Irlanda, España y Francia, la Comisión realizó un seguimiento de los dictámenes motivados, debido a que seguían sin transponer plenamente la Directiva, y decidió llevar a Hungría ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por falta de transposición de la Directiva.
Tras examinar las respuestas y las medidas posteriormente notificadas de los cuatro Estados miembros, la Comisión ha decidido emitir dictámenes motivados adicionales a Irlanda, España, Francia y Hungría debido a una transposición incompleta.
Los dictámenes motivados llaman la atención sobre otras lagunas de transposición en relación con las disposiciones sobre garantías de origen de la energía procedente de fuentes renovables, o sobre otras cuestiones de transposición relativas a los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa.
Los cuatro Estados miembros disponen de dos meses para remediar la situación y notificar a la Comisión la transposición plena de la Directiva. De no hacerlo, la Comisión podrá optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
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