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Inteligencia artificial: Transparencia

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Inteligencia artificial: Transparencia AEPD Mié, 20/09/2023

La propuesta de Reglamento de Inteligencia Artificial (AIA), cuyo ámbito material son los sistemas de IA, establece un concepto de transparencia que difiere del mismo término establecido en el RGPD, cuyo ámbito material son los tratamientos de datos personales. Transparencia en el marco de ambos reglamentos implica a distintos actores, a diversa información y destinada a diferentes destinatarios. La transparencia en términos de la propuesta AIA es la información que proveedores de sistemas de IA destinan a los a los usuarios, entendidos como entidades que despliegan estos sistemas. Cuando los sistemas de IA se incluyen en, o son medios de, un tratamiento de datos personales los responsables del tratamiento deben obtener información sobre ellos suficiente para cumplir sus diferentes obligaciones de cumplimiento RGPD. Estas incluyen la transparencia para permitir el ejercicio de los derechos, cumplir el principio de responsabilidad activa, cumplir los requisitos de las Autoridades de Supervisión del RGPD en relación con sus poderes de investigación, y lo mismo para los organismos de certificación y supervisión del código de conducta.


Artículo de AEPD publicado en https://www.aepd.es/prensa-y-comunicacion/blog/inteligencia-artificial-transparencia