• 28/04/2024 09:45

Sello Legal frente al cambio de paradigma en la reclamación de tarjetas revolving

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Son muchos los ciudadanos que han descubierto cómo los bancos aplicaban intereses desmesurados a sus tarjetas revolving y han podido reclamarlos con éxito. Ahora, pese al nuevo cambio de rumbo tomado por el Tribunal Supremo, aún es posible reclamarlas, pero adaptándose a este nuevo contexto. En cualquier caso, para llegar a buen puerto en este tipo de reclamaciones, lo más recomendables es acudir a un bufete de abogados especializado en este sector, como es el caso de Sello Legal.

Han pasado ya unos meses desde la sentencia del Tribunal Supremo donde se modificaba los criterios de usura de las tarjetas revolving. Durante ese tiempo, los despachos de abogados han tenido que adaptarse a nuevas fórmulas para declarar la nulidad de los contratos de este tipo de tarjetas.

Ahora que se declare la usura de un contrato es más complicado, aunque aún siguen existiendo multiples contratos nulos por usura,

La vía que se está abriendo a pasos agigantados para reclamar este tipo de contratos es la falta de transparencia.

De este modo, lo que realmente marca la diferencia es contar con el asesoramiento legal apropiado para estos casos pues cada caso es diferente y la experiencia es fundamental. Para la redacción de este artículo y esclarecer algunas dudas se ha contado con la colaboración de Sello Legal Abogados, la voz experta elegida en reclamación de tarjetas revolving, un bufete que ha sabido adaptase a la perfección a este cambio de paradigma para conseguir el éxito en los juicios de sus clientes.

Qué son las tarjetas revolving

En primer lugar, antes de seguir hablando de este tipo de reclamaciones, conviene tener claro qué son este tipo de tarjetas.

Lo que las distingue del resto de las que existen en el mercado financiero es su funcionamiento, ya que permiten a sus usuarios disponer de crédito con un límite establecido y devolverlo mediante cuotas mensuales.

Estas asignaciones son el principal aliciente que encuentran los clientes de este tipo de servicios, ya que pueden ser importes fijos, lo que permite tener los gastos controlados, sin importar lo que se haya gastado.

Otra opción de pago es la de abonar un porcentaje cada mes de la deuda existente. No obstante, en problema en cualquier de las modalidades de devolución elegidas es que el sistema hace que nunca se pague la deuda en su totalidad, por lo que siempre se produce un incremento en este capital mes tras mes.

De este modo, en contraposición a lo que ocurre con las tarjetas de crédito, en las tarjetas revolving la deuda se renueva cada mes y por aplicación del anatocismo -que no se explica- los intereses, comisiones y otros gastos generan a su vez nuevos intereses al tipo de interés pactado que siempre es muy elevado (superior al 20%). Como nunca termina de abonarse, el capital pendiente se actualiza: se le resta la cuota abonada, pero se le suma lo que se haya gastado nuevamente, más las comisiones y otros gastos, lo que hace que se entre en una espiral de endeudamiento. Por muy atractivo que pueda parecer a priori a todos aquellos que necesitan liquidez de manera urgente, a medio y largo plazo no es más que una trampa financiera orquestada por la banca.

Sello Legal Abogados: Motivos por los que se puede reclamar la nulidad de las tarjetas revolving

A la hora de reclamar una tarjeta revolving, el primer paso que se da es estudiar cada caso particular para decidir qué argumentos son los más convenientes para que la demanda llegue a buen puerto, y esto va a depender de las condiciones de cada contrato. Es bastante habitual presentar la reclamación en base a varios argumentos para tener más opciones de éxito. Estas son las tres razones fundamentales por las que se suele reclamar.

Usura

La ley de usura establece que cualquier préstamo se considerará nulo si su interés es notablemente superior al interés normal del dinero. En este sentido, se ha pronunciado el Tribunal Supremo, estableciendo que se considera usura si se supera en 6,2 o 6,3 puntos el tipo de interés establecido por el Banco de España para este tipo de productos en el momento en que se celebró el contrato.

Esta es la premisa que se habrá de cumplir a partir de ahora para reclamar una tarjeta revolving por esta vía.

Falta de transparencia

Un argumento muy bueno para utilizer frente a estas tarjetas es la falta de transparencia en contratos de tarjetas revolving, y es una de las vías por la que actualmente es más factible conseguir ganar la reclamación. Esta ausencia de transparencia quiere decir que no se le ha ofrecido al consumidor la información suficiente, tanto de carácter legal como económico, para una correcta evaluación y comprensión de las consecuencias y coste económico del contrato que va a firmar.

Para terminar, alentar a todos los consumidores a reclamar por las tarjetas revolving, pues con la ayuda de abogados expertos, como los que se encuentran en Sello Legal, se tienen muchas opciones de poder librarse de este tipo de endeudamientos que se han producido por mala fe y malas prácticas por parte de las entidades bancarias.

Cláusulas abusivas

Además de las dos vías anteriormente señaladas también se reclaman las tarjetas revolving por contar con cláusulas abusivas. Nos referimos a cláusulas cómo la comisión de reclamación de posiciones deudoras, la clausula que permite la modificación unilateral por la entidad de las condiciones económicas del contrato, los intereses de demora, etc.

Esta vía siempre es la subsidiaria y se utiliza para blindar al cliente ante una hipotética condena en costas, de tal forma que, si se desestiman las acciones principals (usura y transparencia), a buen seguro se declarará la abusividad de alguna clausula quedando el consumidor indemne en cuanto a las costas procesales.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2023/10/09/sello-legal-frente-al-cambio-de-paradigma-en-la-reclamacion-de-tarjetas-revolving/