• 18/04/2024 21:59

Marga Cerro (CGAE): ‘En el ejercicio de la Abogacía se tienen que suspender los cursos de los procedimientos por enfermedad grave hasta que se reciba el alta’

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Marga Cerro González, presidenta de la Comisión de Igualdad del Consejo General de la Abogacía Español (CGAE) y decana del Colegio de la Abogacía de Talavera de la Reina (Toledo), destaca que es «imprescindible» que se admita la enmienda que se ha introducido a instancias del Consejo General en el Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal respecto a la suspensión del curso de los procedimientos por enfermedades de larga duración de los abogados.

Según explica, casi todas las peticiones que la Abogacía hizo al Ministerio de Justicia se han recogido en este Proyecto de Ley.

Esta relativa a las enfermedades graves o de larga duración de los compañeros será recogida vía enmienda y, de momento, se desconoce cómo quedará redactada finalmente.

El CGAE planteó que se suspenda el curso del procedimiento cuando: «El profesional, por enfermedad o accidente requiera hospitalización y, mientras dure esa situación y, en caso de baja médica sin hospitalización, hasta que reciba el alta, o por razones de salud pública mientras dure la situación».

Esta baja que pide es similar a la que se establece en la legislación laboral o en los sistemas alternativos de previsión social que existen.

«Es el último reto que nos queda», indica Marga Cerro.

LAS REIVINDICACIONES DEL CGAE SOBRE CONCILIACIÓN QUE YA HAN SIDO ATENDIDAS

¿Qué se ha conseguido ya en materia de conciliación? «Lo primero fueron los permisos por nacimiento o adopción tanto para abogadas como abogados; después, que la suspensión del procedimiento se comparase con la legislación social -suspensión de procedimientos y de vistas-, lo cual nos parece muy importante para llegar a la Igualdad, porque en temas de este tipo la mujer sigue teniendo condicionantes», declara la presidenta de la Comisión de Igualdad del CGAE.

El Consejo General también ha conseguido en el calendario judicial un nuevo periodo inhábil, que sería el de vacaciones de Navidad del 23 de diciembre al 6 de enero, ambos inclusive. «Está admitido y va recogido en el Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal, pero como está en trámite parlamentario hemos planteando que se busque un instrumento para hacerlo efectivo, que seguro que lo hay para que dicho periodo sea ya inhábil estas Navidades», indica Marga Cerro.

La presidenta de la Comisión de Igualdad confía en que si no ha habido respuesta todavía es simplemente porque se esté estudiando cómo hacerlo.

Otra reivindicación del CGAE que ya está recogida en el citado Proyecto de Ley son las causas de suspensión de procedimiento judicial por fallecimiento, accidente, hospitalización o enfermedad grave de un familiar del abogado o abogada de tres a cinco días, dependiendo de si hay un desplazamiento o no y el grado de parentesco.

Marga Cerro destaca que «la conciliación en la abogacía es un derecho que se tiene que reconocer y que todas estas medidas de conciliación en el ejercicio no sólo no atentan al derecho a la tutela judicial efectiva, sino que, además, garantizan el derecho de defensa».

«Es algo que, además, le viene bien a la ciudadanía», concluye.


Artículo de RosalinaMoreno publicado en https://confilegal.com/20221101-marga-cerro-cgae-en-el-ejercicio-de-la-abogacia-se-tienen-que-suspender-los-cursos-de-los-procedimientos-por-enfermedad-grave-hasta-que-se-reciba-el-alta/