• 16/04/2024 08:15

LIBOR desaparece en hipoteca multidivisa

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Magdalena Rico Palao, abogada experta en Derecho Bancario y Financiero

¿Qué es el LIBOR de una hipoteca multidivisa?

El LIBOR franco suizo (CHF) dejó de publicarse el 31 de diciembre de 2021.  Desde el 1 de enero de 2022 el LIBOR CHF quedó sustituido por el índice denominado «SARON Compuesto» designado por la Comisión Europea.

Por tanto, su Hipoteca Multidivisa se encuentra referenciada al SARON Compuesto, desde la cuota de febrero de 2022.

Consecuencias de la desaparición del LIBOR en hipotecas multidivisa

El LIBOR yen japonés (JPY) han seguido publicándose durante 2022, pero

bajo una nueva metodología.

Por tanto, si su Hipoteca Multidivisa se encuentra referenciada en Yenes, el índice de referencia aplicado durante 2022 ha continuado siendo el LIBOR previsto en su contrato con las particularidades derivadas de la nueva metodología de cálculo. Por ello se ha habilitado un nuevo indice llamado TORF.

Este proceso de reforma o cese de índices de referencia no afecta al Euribor.

Por tanto, si su Hipoteca Multidivisa está referenciada al Euro, seguirá aplicándose el tipo de referencia EURIBOR pactado en su contrato.

El LIBOR JPY dejó de publicarse el 31 de diciembre de 2022.

Desde el 1 de enero de 2023, el LIBOR JPY se sustituirá por el índice «TORF».

Hipoteca denominada en libra esterlina (GBP):

El LIBOR GBP dejará de publicarse el 31 de marzo de 2023. A partir del

1 de abril de 2023 el LIBOR GBP se sustituirá por el indice denominado

«SONIA» en el plazo correspondiente.

Por tanto, en caso de que su Hipoteca Multidivisa se encuentre

referenciada a la libra esterlina, el índice de referencia que se aplicará

para calcular sus intereses a partir de su cuota de mayo de 2023 será

el indice sustitutivo «SONIA».

Hipoteca denominada en dólares (USD):

El LIBOR USD dejará de publicarse el 30 de junio de 2023. A partir del 1 de julio

de 2023 el LIBOR USD se sustituirá por el indice denominado «SOFR» en el plazo

correspondiente. El uso de este indice sustitutivo SOFR ha sido recomendado por

el grupo de trabajo encargado del proceso de discontinuación y sustitución del

LIBOR USD (Altemative Reference Rates Committee -ARRC-).

Por tanto, en caso de que su Hipoteca Multidivisa se encuentre referenciada al dólar, el índice de referencia que se aplicará para calcular sus intereses a partir de su cuota de agosto de 2023 será el índice sustitutivo «SOFR» en el plazo correspondiente, salvo que el regulador o la Comisión Europea designe otro índice sustitutivo antes de dicha fecha.

Numerosos afectados nos están consultando estos días debido a las noticias que aparecen en los medios de comunicación relativas a la desaparición del índice de referencia Libor en las hipotecas multidivisa ; en algunos casos, además, estos titulares de hipotecas multidivisa han recibido un burofax o comunicación fehaciente por parte de su entidad bancaria (los titulares de hipotecas multidivisa con Barclays Bank, en la actualidad Caixabank) instándolos a llegar un acuerdo y realizar una novación del préstamo hipotecario y desconocen qué consecuencias podría llevar aparejadas así como, especialmente, si la firma de esta novación podría perjudicarles.

Intentaremos explicar las consecuencias de la desaparición del Libor en las hipotecas multidivisa que, en nuestro país, lo utilizan como índice de referencia para el cálculo del tipo de interés variable analizando la situación respecto de cada una de las entidades bancarias que las han comercializado.

Las denominadas “hipotecas multidivisa” pueden definirse como un préstamo con garantía hipotecaria en el que la moneda en que se referencia la entrega del capital y las cuotas periódicas de amortización es una divisa, entre varias posibles, a elección del prestatario y en el que el índice de referencia sobre el que se aplica el diferencial para determinar el tipo de interés aplicable en cada periodo suele ser distinto del Euribor, generalmente el Líbor.

Dicha denominación de “hipoteca multidivisa” se debe al hecho de que, en estos préstamos, se permite al prestatario cambiar de una divisa a otra periódicamente (generalmente coincidiendo con la periodicidad del pago de las cuotas o bien con el período de cambio del tipo de interés).

¿Por qué desaparece el LIBOR de las hipotecas multidivisa?

El Libor (London Interbank Offered Rate), tipo de referencia utilizado en las hipotecas multidivisa, es una “tasa hipotética” que refleja tipo de interés indicativo y promedio al que una selección de bancos se prestan dinero sin cobertura en el mercado monetario de Londres. El Líbor se calcula para siete vencimientos diferentes (1 día, 1 semana, 1 mes, 2 meses, 3 meses, 6 meses, 12 meses) y cinco divisas distintas (dólar estadounidense, libra esterlina británica, euro europeo, yen japonés y franco suizo).

Durante los años 2007 y 2008 las hipotecas multidivisa experimentaron un boom sin precedentes en nuestro país, cuando las entidades bancarias las comercializaron a numerosos consumidores con el reclamo de los bajos tipos de interés de los países en cuya divisa aconsejaban contratar el préstamo (francos suizos o yenes japoneses) en contraposición con el Euribor, que alcanzaba máximos históricos.

La principal causa de la desaparición de este índice Libor de las hipotecas multidivisa es su elevada vulnerabilidad ante posibles manipulaciones, ya que representa tipos de interés de los préstamos interbancarios sobre una base no garantizada; es decir, se basa en estimaciones y no en transacciones reales.

Por tanto, desde hace unos años los reguladores han recomendado sustituir el Libor por índices alternativos basados en transacciones reales en el mercado.

Estas hipotecas multidivisa son las más problemáticas ante la desaparición del tipo de referencia Libor, ya que las escrituras de préstamo hipotecario redactadas en su día por esa entidad no prevén un tipo sustitutivo del Libor (como suele ser habitual) sino que, por el contrario, establecen que si deja de publicarse ese tipo de referencia las partes deben ponerse de acuerdo para encontrar otro sistema y, de no conseguirlo, el prestatario deberá liquidar todo el préstamo hipotecario y, si no lo hace, la entidad podrá declarar vencido anticipadamente el mismo.

Por este motivo Caixabank está remitiendo, a todos los titulares de hipotecas multidivisa de Barclays Bank, una comunicación fehaciente en que les informa de la inminente desaparición del Libor y propone realizar una novación contractual a fin de sustituir dicho tipo de referencia por el que aprueben como sustitutivo los organismos supervisores y reguladores y, si no llegara a aprobarse un sustitutivo, ofrece dos opciones:

– Dejar como tipo fijo, para toda la vida del préstamo, el último tipo de interés que se haya podido calcular.

– Convertir el préstamo a euros y aplicar el Euríbor más el diferencial pactado en escritura.

En esta comunicación, Caixabank requiere a los titulares de hipotecas multidivisa a llegar a un acuerdo, otorgando un plazo máximo hasta el 29 de octubre, confiando en la buena fe de las partes, y con la “velada intimidación” de advertir que, caso de no hacerlo, el contrato prevé que la entidad puede vencer anticipadamente el préstamo y reclamar la totalidad de lo adeudado.

Contrariamente a lo que indica Caixabank, no parece que sea absolutamente necesario realizar una novación del contrato como consecuencia de la desaparición del Libor. En otras ocasiones han desaparecido otros índices de referencia, como el IRPH Bancos y Cajas o el Mibor y las entidades bancarias han establecido índices sustitutivos sin necesidad de que las partes suscribieran una novación contractual.

Por otro lado, tampoco parece probable que la entidad bancaria, si el prestatario está atendiendo puntualmente sus obligaciones de pago, corra el riesgo de vencer anticipadamente el préstamo y reclamárselo judicialmente, ya que el hecho de que desaparezca el Libor no puede considerarse un incumplimiento grave y esencial achacable al prestatario. Máxime cuando sería responsabilidad de la entidad que el contrato que en su día redactó no contenga un índice de referencia sustitutivo en caso de desaparición del principal, como sucede en la práctica totalidad de los contratos de préstamo hipotecario.

Tengo una Hipoteca Multidivisa referenciada al LIBOR ¿en qué situación se queda ahora?

Para aquellos afectados por hipotecas multidivisa que han reclamado judicialmente y todavía no existe sentencia firme, puede ser un buen momento para contestar a esa comunicación requiriendo a la entidad bancaria a fin de llegar a un acuerdo en que reconozca la nulidad del clausulado multidivisa por falta de transparencia, con las consecuencias económicas que de ello se derivan y que, por tanto, eliminaría la problemática existente ante la desaparición del índice de referencia Libor.

En el caso de no haber iniciado la reclamación judicial, además de poder requerir a la entidad bancaria en el sentido anterior, sería conveniente iniciar dicha reclamación judicial antes de suscribir una novación de la hipoteca multidivisa que luego podría argumentar el banco que supone una convalidación del contrato.

Es muy importante, en cualquier caso, antes de firmar una novación, solicitar a la entidad la documentación informativa en que consten los términos de dicha novación para que un abogado experto examine si la misma entraña algún perjuicio para el prestatario porque pudiera considerarse una convalidación del contrato o bien por contener una renuncia de acciones que luego dificultará considerablemente una eventual reclamación judicial.

Por tanto, ante la incertidumbre existente, es importante consultar con un abogado experto en la materia que valore la conveniencia de contestar a dicho requerimiento, iniciar acciones judiciales contra la entidad u otras alternativas en beneficio del titular de la hipoteca multidivisa.

En el caso de las hipotecas multidivisa de Bankinter el contrato de préstamo hipotecario sí prevé un tipo de interés sustitutivo caso de desaparición del Libor y, en concreto, aplicar el mejor tipo de interés que el banco pueda obtener en otros mercados internacionales para la divisa convertible para plazo de un día. El contrato establece, además, que este tipo de interés sustitutivo tiene carácter vinculante para la parte prestataria.

No obstante, la redacción de la cláusula que prevé el tipo sustitutivo resulta un tanto imprecisa, pues podría dejar a criterio del banco el tipo de interés a aplicar como tipo de referencia, lo que supone un evidente desequilibrio entre las partes que suscriben el contrato (previsiblemente en perjuicio del prestatario). Así, si precisamente la desaparición del Libor viene motivada por su falta de transparencia y fácil manipulación, no parece lógico que el mismo pueda sustituirse por otro índice de referencia que no cumpla los criterios de transparencia, verificabilidad (que se corresponda con transacciones oficiales) y solidez.

No firme ningún documento ni novación sin el asesoramiento de un profesional especializado, y siempre dejando constancia de que no renuncian a ningún tipo de acción judicial destinada al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la indebida comercialización de un producto.

Todos los hipotecados en multidivisa deben estar muy atentos a las comunicaciones que hayan recibido o estén recibiendo de su banco por las que se les comunica la desaparición del libor, que es el índice de referencia de este tipo de hipotecas y que ha dejado de publicarse a fecha de 31 de diciembre pasado. ¡Y algo más!

Ante esta situación, entidades como BBVA, Caixabank o Banco Santander han remitido a sus clientes cartas para establecer el nuevo índice de referencia a aplicar en sus hipotecas, ofreciendo diversas alternativas que pasan por aplicar un libor sintético que, la aplicación de un tipo fijo o bien cambiar la divisa de la hipoteca al euro y aplicar el Euribor más el diferencial previsto legalmente, formalizando todo ello a través de una novación del contrato de préstamo hipotecario.

¿Tengo que firmar la novación que ofrece el banco con respecto a la multidivisa?

Los hipotecados en multidivisa han de tener mucho cuidado con lo que vayan a firmar porque las entidades bancarias aprovechan la ocasión para introducir cláusulas destinadas a hacer suscribir a los prestatarios que han sido debidamente informados.

No sólo del cambio de índice de referencia sino de las condiciones iniciales y riesgos del préstamo multidivisa, es decir, que pueden introducir un clausulado por el que se les haga renunciar a iniciar acciones legales y judiciales destinadas a reclamar los perjuicios económicos que este tipo de hipotecas les hayan ocasionado.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2023/05/05/libor-desaparece-en-hipoteca-multidivisa/