• 30/04/2024 06:21

ING BANK condenada por negar a una cliente el seguro de vida que tenía contratado en la entidad vinculado a un producto financiero

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El despacho de Abogados MCP gana un juicio en sentencia firme a NATIONALE-NEDERLANDEN VIDA (ING BANK) por negar a una cliente el seguro de vida que tenía contratado en la entidad vinculado a un producto financiero. Un Juzgado de Madrid da la razón a C. V. al afirmar que la aseguradora del banco utiliza cuestionarios genéricos e inespecíficos tendentes a provocar la contratación del producto en lugar de conocer el estado real de salud del contratante.

Los hechos ocurrieron a través de una llamada telefónica en la que el agente comercial de ING BANK vendió a la consumidora un seguro de vida por valor de 50.000 €. Para su contratación era necesario rellenar un formulario de salud en el que informara al banco de sus antecedentes médicos.

La cliente del banco, trabajadora en activo en el momento de la contratación en el año 2013, en una conversación telefónica y con un cuestionario tipo formulario subido en la plataforma digital del banco, lo rellena con la asistencia del agente comercial respondiendo a preguntas genéricas sobre sus antecedentes médicos. Una vez rellenado firma la póliza y paga la correspondiente prima anual que viene manteniendo durante años.

En el año 2020, tras un proceso de incapacidad laboral instado por el INSS, es declarada de incapacidad permanente absoluta derivada de una enfermedad psiquiátrica. Al dar parte del siniestro, y tras acreditar documentalmente esta incapacidad que daba lugar al pago de la indemnización del seguro contratado, la entidad NATIONALE-NEDERLANDEN VIDA (ING BANK) rechaza el pago aduciendo que ha faltado a la verdad en el cuestionario de salud defendiendo la existencia de enfermedad previa a la contratación.

Una vez llevado a juicio y escuchados ambos testimonios el juez ha fallado a favor de la cliente al afirmar que el banco utilizó cuestionarios genéricos que no contenían cuestiones específicas para conocer el estado real de salud del contratante. La aseguradora ha renunciado a recurrir, dando por buena la resolución.

El abogado, Manuel Castellanos Piccirilli, director de MCP ABOGADOS, bajo cuya dirección letrada se ha ganado este pleito, expresa su “satisfacción por el éxito de esta resolución y que debe marcar el camino de otras muchas. Debemos tener tener cuidado con la firma de los contratos de seguro que son contratos de adhesión con poca posibilidad de negociación por parte del usuario/consumidor. Sobre todo, con sus cláusulas limitativas y, en particular, en este caso, de los cuestionarios de salud, que se suelen presentar con respuestas sencillas pero que encierran una verdadera encrucijada jurídica que puede dar al traste con el seguro contratado vaciándolo de su contenido. Muchas veces este tipo de acciones comerciales de entidades bancarias que diversifican productos generan negocio con el mundo asegurador”, asegura Castellanos.

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