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FJI ante la propuesta del Gobierno de reforma del Art. 570 BIS de la LOPJ

(origen) Redacción Jun 28, 2022 , , , ,
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1.- El Gobierno propone reformar un artículo, para deshacer parcialmente la reforma que aprobó mediante LO 4/21 de 29 de marzo.

Recordamos que dicha reforma, según la EM, tenia por finalidad   separar las facultades del Consejo General del Poder Judicial en funciones que legítimamente han de corresponder al Consejo entrante o renovado y no al saliente. Entre ellas destacaba la elección de los dos magistrados del TC.

En ese momento, se trataba de “favorecer la renovación, pero, sobre todo, resultaba fundamental de cara a salvaguardar la legitimidad del órgano.

2.- Ahora, con la nueva reforma ya no importa la legitimidad del órgano, tampoco favorecer la renovación, ni mucho menos que los nombramientos los haga el consejo saliente. Se trata de que el Gobierno pueda, con sus 2 propuestas de magistrados, cambiar la mayoría del TC cuando el cargo de cuatro de sus miembros está próximo a expirar.

3.- El Gobierno, con esta actuación, pone al Parlamento en la tesitura penosa de reformar una reforma y desdecirse de lo dicho. Deteriora la imagen del Tribunal Constitucional, órgano de máxima relevancia en la arquitectura del Estado, que debería estar alejado de intereses de partido. Desprecia al CGPJ, a quien le ha desprovisto de una función constitucional como es la de realizar nombramientos, para ahora devolverle únicamente la capacidad de hacer los nombramientos que le interesan al Gobierno. Y finalmente solivianta al TS que está trabajando con un 20 % de sus plazas vacantes.

4.- FJI siempre ha considerado que la competencia de realizar nombramientos por parte del CGPJ es una función constitucional, no una atribución caprichosa de quita y pon.

5.- El CGPJ aceptó dócilmente una reforma que le desproveía incluso de la facultad de plantear un conflicto de atribuciones, pues su origen político le impide defender sus competencias. Ahora tampoco lo hará.

6.- Este paso del Gobierno, se produce tan solo una semana después de la visita de la vicepresidenta de la Comisión europea, recordando que el poder político no autoriza a tomar el control de otros poderes como viene ocurriendo desde hace 37 años. Quien gana las elecciones en España, se gana el derecho a intervenir políticamente el poder judicial mediante el control del CGPJ, la Fiscalía General del Estado y el Tribunal Constitucional.

7.-Este nuevo paso, en dirección totalmente contraria a los principios que rigen la separación de poderes, tal y como el TJUE lo está interpretando, acerca la posibilidad de un procedimiento de infracción, sin que el CGPJ tenga ya ni capacidad ni credibilidad para reaccionar frente a este nuevo ataque a la independencia del poder judicial.

8.- Lo ocurrido evidencia que, si hubiese voluntad real, se podría reformar la LOPJ en un plazo relativamente breve, para modificar el sistema de elección de vocales del CGPJ; y que, por el contrario, lo que los partidos políticos mayoritarios pretenden (bien con sus decisiones explícitas, bien con su actitud displicente) es eludir las exigencias que provienen de las instituciones europeas, y prolongar durante el máximo tiempo posible el régimen actual, con la excusa de una situación de urgencia que ellos mismos han provocado. Una vez más, FJI hace un llamamiento al resto de asociaciones judiciales para que no colaboren de ningún modo en un proceso de renovación del CGPJ que  no cumple la normativa europea sobre separación de poderes

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