• 09/10/2024 08:10

El Tribunal Supremo insiste en que la información al consumidor ha de ser con “suficiente antelación” a la firma notarial

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El Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de una hipoteca multidivisa colocada por Bankinter siendo el objeto del litigio es la contratación, de préstamo multidivisa con garantía hipotecaria, por un importe de 155.000,00 euros en francos suizos, si bien la particularidad del asunto eran los varios cambios de divisas que hicieron los prestatarios.

El prestatario no recibió información precontractual suficiente para conocer los riesgos de la multidivisa. El documento de primera disposición fue entregado el mismo día de la suscripción del contrato y se declara que la entrega de dicho documento el mismo día de la firma del contrato no es suficiente para entender superado el control de transparencia. En relación al cambio de divisa efectuado en 2015, coincidiendo con las conversaciones telefónicas no releva al banco de sus obligaciones de información precontractual.

Para la letrada que ha llevado la defensa de los intereses de los consumidores, Magdalena Rico Palao, de la plataforma www.eliminarhipotecamultidivisa.es. En este caso, ni el perfil de formación ni la dedicación (militar) eran adecuados para la contratación de la multidivisa. Han sido muchos años de espera hasta la Sentencia del Tribunal Supremo pero los clientes han resultado victoriosos en la primera y segunda instancia y ahora, y por fin, nos llega esta Sentencia favorable del Tribunal Supremo, por lo que tenemos una alegría inmensa por nuestro cliente.

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