• 22/04/2026 22:36

El Supremo fija que el momento del nacimiento del crédito, y no el de su cesión, determina si un acreedor es persona especialmente relacionada con el concursado

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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por Hortofrutícola Costa Cálida S.L. y ha confirmado que su crédito hipotecario frente a la concursada debe clasificarse como privilegio especial, y no como crédito subordinado. La sentencia número 22/2026, de 14 de enero pasado, sienta una doctrina de alcance […]


Artículo de publicado en https://confilegal.com/20260409-tribunal-supremo-credito-cesion-persona-especialmente-relacionada-concurso-acreedores/