• 20/04/2024 05:29

El juez continúa el procedimiento contra un exconsejero andaluz por los préstamos de 36,1 millones a Santana Motor

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El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha acordado continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra el exconsejero de de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía Martín Soler Márquez y otros cinco investigados en un caso donde se analizan los préstamos por valor de 36.105.044 euros concedidos a la empresa Santana Motor al amparo del convenio específico de colaboración suscrito entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y la agencia IDEA en diciembre de 2009 para la creación de capacidades de diseño y desarrollo tecnológico y de procesos de industrialización de vehículos todoterreno, denominado convenio Massif. 

Los otros investigados son los exdirectores generales de la Agencia IDEA Jacinto Cañete y Antonio Valverde, el expresidente de la extinta empresa automilística de Linares (Jaén) Santana Motor Bienvenido Martínez y los representantes legales de dicha empresa Carlos G.M.D.M. y José Enrique B.R.

En un auto dictado el pasado 22 de noviembre, que ha sido notificado hoy las partes, el magistrado de refuerzo del Juzgado, José Ignacio Vilaplana Luquero, explica que toma esta decisión por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental.

El magistrado-juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana. Foto: EP

Ahora, el magistrado da traslado de la causa a la Fiscalía y a las acusaciones personadas para que soliciten la apertura del juicio formulando escrito de acusación, el sobreseimiento de la causa o la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.

El magistrado explica en el auto que esta causa tiene por objeto «la presunta ilicitud de la formalización y publicación -de forma mendaz“ del denominado convenio Massif y «la posible administración irregular de los fondos destinados a su financiación, ejecución y cumplimiento”.

Según expone, en el marco de este convenio, la agencia IDEA, mediante acuerdos del Consejo Rector ratificados por el Consejo de Gobierno de la Junta el 15 de diciembre de 2009, aprobó la concesión de un “préstamo reembolsable” a Santana Motor por importe de 25.735.044 euros y 10.370.000 euros (en total, 36.105.044 euros), respectivamente. 

En este sentido, indica que la Intervención General de la Junta expuso en informe de actuación de la agencia IDEA que el convenio finalmente suscrito el 17 de diciembre de 2010, y que firmaron el exconsejero y uno de los exdirectores generales de IDEA investigados, “contiene un nuevo texto sustituido e incorporado, distinto del realmente aprobado por el Consejo de Gobierno el 15 de diciembre de 2009”, de forma que el contenido del convenio y su naturaleza jurídica fueron alterados “sustancialmente”, y “lo que la agencia IDEA (y posteriormente Santana Motor) recibe no es un crédito reintegrable, como había autorizado el Consejo de Gobierno, sino una ayuda a fondo perdido”. 

AYUDAS A ‘FONDO PERDIDO’

Según señala el instructor, el informe de actuación emitido por la Intervención de la Junta concluyó que «nos encontramos ante un nuevo convenio firmado entre la Consejería y la agencia IDEA», de modo que la actuación administrativa concurrente «se habría llevado a cabo con omisión patente de los procedimientos y principios legalmente aplicables».

Un «incumplimiento» que supone que el préstamo que como tal había sido autorizado por el Consejo de Gobierno «habría pasado a ser una entrega de fondos sin contraprestación alguna en favor de Santana Motor», produciéndose así «un menoscabo de estos fondos públicos, que habrían sido entregados a Santana sin autorización del Consejo de Gobierno y sin que los mismos hayan sido recuperados por la agencia IDEA dada la situación de insolvencia y crisis financiera en que se encontraba dicha entidad desde hacía años».

Vilaplana Luquero analiza seguidamente en el auto el préstamo concedido por IDEA a Santana Motor al amparo del «mendaz» texto del convenio de 17 de diciembre de 2009, y concluye que, teniendo en cuenta el resultado de las diligencias practicadas, «resultaría factible deducir que los responsables de la Agencia IDEA y de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa investigados habrían transferido irregularmente los fondos objeto del préstamo derivado del convenio Massif en favor del Grupo Santana Motor».

Y ello «con la natural complicidad y concurrencia de sus directivos y representantes investigados, a sabiendas de la falta de viabilidad del proyecto y de la falta de capacidad económica de dicha empresa para su reintegro, de manera injusta y arbitraria, sin intención alguna de mejora del producto y con la única finalidad de cubrir gastos ya devengados que no podían ser atendidos o financiados de otro modo», apunta.

Así, subraya que «las cantidades entregadas por IDEA a Santana Motor en concepto de préstamo, posteriormente modificado a préstamo participativo, serían en realidad ayudas a fondo perdido concedidas graciosamente -sin intención alguna de recuperar aquéllas- al margen de los procedimientos legalmente aplicables, procediéndose así a destinar y disponer de aquéllos fondos de forma arbitraria, sin justificación en interés público alguno, por el mero voluntarismo de los responsables de la Consejería de Innovación y de la agencia IDEA, quienes habrían contado con la natural colaboración de los responsables de Santana, determinando una ilícita disposición de fondos públicos derivada de la utilización fraudulenta del capital del préstamo». 

El magistrado indica que no es posible verificar que los fondos transferidos o aportados a Santana Motor se emplearan en el proyecto Massif, y asevera que existen indicios de que el capital (36.105.044 euros) objeto de los préstamos concedidos se aplicaron a finalidades diferentes de las previstas en el convenio, pues las empresas subcontratadas «que iban a ser destinatarias de los fondos y que iban a participar de forma relevante en la ejecución del proyecto -siendo así expresamente designadas según los términos del propio convenio- tan sólo percibieron fondos –algunas, no todas- por importe de 10.649.604 euros, si se considera exclusivamente el periodo 2010-2011, cantidad muy alejada de los 36.105.044 euros objeto de la irregular financiación descrita».

«La ilicitud de la irregular e injustificada administración y disposición de fondos públicos en favor del grupo Santana Motor no podría entenderse carente de relevancia penal -ni mucho menos entenderse subsanada- por el mero hecho de que dicho grupo empresarial estuviera participado por la propia Junta a través de la agencia IDEA», destaca el magistrado.

Y ello, añade, «teniendo en cuenta que la entidad obligada a la devolución de los fondos objeto del préstamo derivado del convenio Massif era Santana Motor, sociedad mercantil de naturaleza privada -que, además, opera en un mercado libre, no intervenido-, por más que su capital fuera esencialmente público, circunstancia ésta última que no permite confundir a la empresa mercantil (dotada de personalidad jurídica propia) con su socia mayoritaria».

Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de reforma y/o de apelación, subsidiariamente o por separado.


Artículo de Rosalina Moreno publicado en https://confilegal.com/20221125-el-juez-continua-el-procedimiento-contra-un-exconsejero-de-la-junta-por-los-prestamos-de-361-millones-a-santana-motor-del-convenio-massif/