El Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad (en adelante, COBCM), ostenta la defensa de los derechos e intereses legítimos de los Biólogos de la Comunidad de Madrid.
La legitimación del citado Colegio profesional, para impugnar cualquier resolución nacional que afecte a los biólogos representados, deriva del artículo 5 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales y del artículo 4.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En dicha representación, han interpuesto sendos recursos contenciosos administrativos, de la mano de ADMINISTRATIVANDO ABOGADOS, boutique legal, especializada en derecho administrativo y contencioso administrativo.
El objeto del primer contencioso administrativo es la Orden SND/496/2024, de 20 de mayo, por la que se crean diversas categorías de personal estatutario en el ámbito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, para intentar paliar la gran injusticia que se sigue cometiendo con los biólogos desde que se publicó la Ley 44/2003 de 21 de noviembre que condena a los biólogos que no tienen especialidad a ser personal no sanitario a pesar de realizar tareas asistenciales (diagnósticos, investigación, formación de residentes…) en las unidades y laboratorios de genética, reproducción asistida, nutrición, salud pública, etc…
El segundo de los procesos judiciales, lo constituye la desestimación expresa mediante resolución, del recurso de alzada presentado frente a la Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Universitat Politècnica de València, a través del grupo de virología del Instituto Agroforestal Mediterráneo, para la identificación y diagnóstico de virus, viroides y fitoplasmas de especies vegetales no leñosas y el desarrollo de otras actividades propias de su función como Laboratorio Nacional de Referencia. Motivado por la reserva laboral hacia los ingenieros agrónomos sin motivación razonable pues su plan de estudios presenta una vinculación obligada extremadamente reducida respecto a la microbiología.
En el inicial recurso de alzada presentado, se impugnan los requisitos de los medios personales que han de cumplir los encargados de la realización y encomiendas otorgadas por el Convenio.
Concretamente, se aduce la falta de seguridad jurídica y profesionalidad en el personal a desarrollar las tareas, en tanto en cuanto, se indica que se exige “un doctor/a ingeniero/a agrónomo o equivalente”; efectuándose una reserva en favor de una determinada titulación, que excluye las demás, provocando un perjuicio discriminatorio para el resto de las titulaciones.
Por ello debiera exigirse un titulado con formación inequívoca en Virología y técnicas de Biología Molecular con grado de doctor, pero sin excluir titulaciones con formación troncal inequívocamente referenciadas a todos los ámbitos de la microbiología (sea cual sea el organismo diana), en las materias relevantes para la función a desempeñar, como es el caso de Graduados o Licenciados en Biología, Bioquímica o Biotecnología.
Tal y como explica Antonio Benítez Ostos, socio director-fundador de ADMINISTRATIVANDO ABOGADOS, que ostenta la dirección letrada del Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid, en sendos procesos judiciales contenciosos administrativos, lo que se pretende es garantizar y proteger a la ciudadanía sobre determinadas actuaciones administrativas que sustraen competencias, limitándolas y permitiendo el acceso a otras que no tienen la especialización necesaria de una forma inequívoca, como debiera ser.
La entrada El Colegio Oficial de Biólogos de Madrid acude a los Tribunales para la defensa de actos administrativos que considera no ajustados a derecho se publicó primero en Lawyerpress NEWS.