• 13/10/2024 12:08

Arriaga Asociados se querella por prevaricación contra la Audiencia Provincial de las Islas Baleares

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Arriaga Asociados ha presentado hoy una querella contra tres Magistrados de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial (AP) de las Islas Baleares: Don Mateo Ramón Homar, Doña María Encarnación González López y Doña María Arantzazu Ortiz González, por un delito de prevaricación, tipificado en el artículo 446 del Código Penal (CP) y subsidiariamente, los contemplados en los artículos 447 y 448 del CP, en cumplimiento a lo que determinan los artículos 277 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Los citados magistrados han obviado deliberada y dolosamente el contenido y sentido de la Sentencia de 13 de julio de 2023 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a la hora de juzgar un caso sobre el IRPH así como otras sentencias anteriores del alto tribunal referidas a préstamos hipotecarios con cláusulas de IRPH como la del 28 de febrero de 2023.

En dicha Sentencia el tribunal de Baleares ya tenía conocimiento de la sentencia dictada por el TJUE el 13 de julio, e ignoró dolosamente el mandato jurisprudencial que contiene, en el que se obliga al juez nacional a analizar la transparencia y la posible abusividad contenida en los contratos firmados con los afectados por hipotecas con cláusula IRPH, analizando la existencia de mala fe, en cada caso concreto. Por ello, de haber aplicado dicho mandato, el fallo de la Sentencia de la AP de las Islas Baleares, habría sido radicalmente distinto.

Hay que recordar que la jurisprudencia del TJUE es obligatoria para todos los jueces y tribunales de España (y de todos los estados miembros de la UE). Ello significa que obliga a los jueces de primera instancia, Audiencias Provinciales, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional, de las ramas de lo Civil, Penal, Laboral, Contencioso-administrativo y Laboral.

Pues bien, la sentencia del TJUE del 13 de Julio de 2013, es clara y contundente al disponer que el banco o institución financiera tenía que haber informado a sus clientes con hipotecas con cláusula IRPH de la Circular 8/1990 del Banco de España y establece la necesidad de evaluar si el banco dio a conocer la recomendación contenida además en su otra Circular 5/1994, en la que se comunicaba la necesidad de aplicar un diferencial negativo para igualar el interés del índice IRPH al del mercado. Así, el TJUE obliga al juez nacional a asegurarse que se pruebe tal hecho, y considera abusiva la falta de dicha información, toda vez que, forma parte de una labor de “investigación jurídica” que “no podía exigírsele razonablemente a un consumidor medio” (STJUE 13 de julio, párrafo 60, página 15).

Ya la sentencia del 28 de febrero de 2023 indicaba que la falta de información que causara un perjuicio al cliente del banco de un préstamo con una cláusula de IRPH era nula, lo cual la Sección 5ª de la AP de Baleares también ha ignorado deliberadamente, porque no pueden afirmar desconocer una sentencia crucial para la resolución del asunto de cuyo enjuiciamiento se ocupan. Estos magistrados no podían ignorar ni la sentencia del 13 de julio del TJUE ni tampoco la del 28 de febrero de 2023. Que, por otro lado, fue ampliamente informada en los medios de comunicación y era relevante para la decisión que, mediante Sentencia, adoptó y dictó la AP.

Jesús Arriaga señala que “la AP está obligada a dictar sentencias conforme a la ley, y, sobre todo, conforme establece la jurisprudencia del TJUE, tal y como ordena el artículo 4 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial. No hacerlo en tal forma, constituye un delito de prevaricación”. Añade que “parece como si la Audiencia Provincial pretendiera que las personas que tengan una hipoteca con cláusula IRPH no puedan recuperar cantidades que han pagado de más que, por aplicación de dicha cláusula, oscilarían entre los 20.000 y los 50.000 € por préstamo”. Concluye que “nadie puede estar por encima de la ley y obviar la jurisprudencia obligatoria en materia de IRPH que emana del TJUE”.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2023/09/27/arriaga-asociados-se-querella-por-prevaricacion-contra-la-audiencia-provincial-de-las-islas-baleares/