La AEPD publica un decálogo para delegar tareas en asistentes y agentes de IA sin perder el control sobre los datos personales AEPD Mar, 27/10/2026
- Los asistentes y agentes de IA son una herramienta de gestión personal que ya no se limita a responder preguntas: puede actuar en nombre de la persona, desde gestionar el calendario o el correo hasta completar compras o reservas
- La Agencia propone hacerse cinco preguntas antes de delegar: qué puede ver el asistente, qué puede recordar, qué puede hacer en nuestro nombre, dónde envía los datos y si afecta a otras personas
- La AEPD aconseja conceder solo los accesos imprescindibles, no pulsar “permitir siempre” sin comprender su alcance, exigir confirmación antes de enviar, compartir, pagar o contratar, y tener en cuenta que el asistente podría ejecutar instrucciones ocultas, incluso invisibles, en correos, webs o documentos
- Casos ya conocidos, como el de un agente que cerró una venta y facilitó la dirección de su usuario al comprador sin que este lo supiera, muestran que no se trata de riesgos teóricos
- ‘Asistentes y agentes de IA: Que la IA actúe por ti, no sin ti’
