• 04/07/2024 06:24

México – Prisión preventiva oficiosa, asignatura pendiente del Congreso

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La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar decretada en automático, por disposición de la ley y sin previo debate ante el juez para justificar su imposición.

Esta medida cautelar viola principios del sistema penal acusatorio y atenta contra derechos humanos reconocidos en el orden jurídico nacional y tratados ratificados por el Estado mexicano.

Cabe destacar que la prisión preventiva oficiosa se aplica con estos delitos establecidos en la carta magna, mientras que la prisión preventiva justificada se ejecuta para garantizar que la persona imputada esté presente en el desarrollo del proceso y se proteja a las víctimas

En México hay 61 mil 328 personas privadas de su libertad sin una sentencia. No es lo mismo prisión preventiva que prisión preventiva oficiosa. El término “oficiosa” significa “automática”, “mecánica”, “obligatoria”. Los críticos de la prisión preventivaoficiosano se oponen a la prisión preventiva como tal, sino al carácter automático (oficioso) de la privación de libertad de todas las personas imputadas de un determinado delito, sin que la autoridad judicial pueda tomar una decisión justificada en cada caso. Además, también es falso que si un delito no está previsto en el catálogo de conductas ilícitas merecedoras de prisión preventiva oficiosa, no podría ser susceptible de que se le aplicase la prisión preventiva motivada, la cual sí es compatible con los derechos humanos, cuando se encuentre justificada la necesidad de su imposición.

Durante los tres años, en el Congreso de la Unión se presentaron 23 iniciativas de reforma Constitucional que proponen eliminar la figura de prisión preventiva oficiosa, para cumplir con sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que han condenado al Estado mexicano por la violación de derechos que esta medida cautelar implica, según un estudio de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).

El estudio titulado “Adecuación del ordenamiento jurídico respecto de la figura de Prisión Preventiva Oficiosa en la Carta Magna y en leyes secundarias: una asignatura pendiente”, elaborado por la investigadora Carla Angélica Gómez Macfarland, apunta que por otro lado, se han presentado 33 iniciativas que no están en sintonía con las sentencias de la Corte IDH, algunas de las cuales proponen ampliar el uso de la prisión preventiva oficiosa en delitos como el secuestro, la defraudación fiscal y la deforestación.

De acuerdo con los Principales Resultados de la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) 2021, había 220.5 mil personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios del país, de las cuales, 61 mil 328, es decir, el 29.6% aún no contaba con una sentencia.

En este tenor, la investigación concluye que la discusión de la adecuación del marco jurídico nacional en torno a la prisión preventiva oficiosa es un tema pendiente que urge resolver, tanto para garantizar los derechos de las personas privadas de la libertad, como de las víctimas de los delitos.


Artículo de Ana Paula Maritano publicado en https://www.diariojuridico.com/mexico-prision-preventiva-oficiosa-asignatura-pendiente-del-congreso/