• 30/06/2024 16:30

El Supremo sobre gastos hipotecarios: “Los bancos no podrán alegar que el consumidor estaba informado por los medios de comunicación, ni por la existencia de jurisprudencia”

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El Tribunal Supremo sigue el camino marcado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en materia de gastos hipotecarios, algo que celebra reclamador.es. El Alto Tribunal, tras la doctrina de los jueces europeos el pasado 25 de abril, reconoció ayer, en sentencia de 14 de junio, que el día inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios indebidamente pagados por un consumidor será el de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obligaba a tales pagos. Es decir, sólo con la firmeza de la sentencia, el consumidor, como destinatario de la misma, es consciente de la abusividad de su cláusula y sus efectos.

Si bien, hace una salvedad, explica la compañía online de servicios legales: aquellos casos en que la entidad prestamista pruebe que, en el marco de sus relaciones contractuales, ese concreto consumidor pudo conocer en una fecha anterior a la de la sentencia que esa estipulación (cláusula de gastos) era abusiva.

Con ello, las entidades no podrán alegar que el consumidor estaba informado por los medios de comunicación, ni por la existencia de jurisprudencia, sino que debe analizarse su caso concreto.

Al respecto, Leticia Grande, abogada y portavoz de reclamador.es, explica que: “son muy buenas noticias para el consumidor, puesto que el plazo de prescripción empezará a contar desde la firmeza de la sentencia que reconozca la nulidad de la cláusula”.  

Añade que “animamos a todos los consumidores que no lo han hecho ya, que empiecen sus reclamaciones, ya que no habrá más dudas entre los jueces españoles porque la nueva resolución ha sido acogida por el Tribunal Supremo”. 

“Pueden reclamar aquellos consumidores con una hipoteca previa a junio de 2019 en la que el banco le imputara la mayoría de los gastos. Desde esta fecha hacia atrás, no importa en qué año se firmó el préstamo hipotecario y si la hipoteca se ha cancelado. Según los datos de reclamador.es, la reclamación media por gastos de formalización de la hipoteca asciende a 1.300 euros, sin incluir el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Fuente: RECLAMADOR

 


Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/el-supremo-sobre-gastos-hipotecarios-los-bancos-no-podran-alegar-que-el-consumidor-estaba-informado-por-los-medios-de-comunicacion-ni-por-la-existencia-de-jurisprudencia/