• 29/04/2024 09:42

Arriaga Asociados presenta una queja al CGPJ por los retrasos en los Juzgados de Murcia y la Audiencia Provincial de Sevilla

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El despacho de abogados ha presentado una queja ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por la supresión de señalamientos en los Juzgados de Murcia y en la Audiencia Provincial de Sevilla. Mientras que en Murcia el retraso en las demandas acumulado es de más de 8 meses, en la ciudad andaluza la media de tiempo que lleva la justicia en resolver es de 18 meses. Esta situación pone en grave peligro el derecho al acceso a la justicia por parte de todos los consumidores representados por Arriaga. En ese sentido se ha pronunciado ya el Tribunal Constitucional en su Sentencia 125/2022, de 10 de octubre de 2022, donde señala que una demora en los señalamientos de los litigios puede suponer una vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones debidas.

El elevado número de asuntos de los que tengan conocimiento los órganos jurisdiccionales no debe legitimar los retrasos en resolver, ni limitar el derecho fundamental de los ciudadanos para reaccionar frente a tales dilaciones indebidas.

Es exigible que Jueces y Tribunales cumplan su función jurisdiccional, garantizando la libertad, la justicia y la seguridad, con la rapidez que permita la duración normal de los procesos, lo que lleva implícita la necesidad de que el Estado dote a los órganos judiciales de los medios personales y materiales precisos para el correcto desarrollo de las funciones que el Ordenamiento les encomienda  

El caso de Murcia

El pasado día 25 de octubre de 2022, se recibió comunicación del citado Juzgado reconociéndose la suspensión de los señalamientos a partir del 31 de octubre de 2022, a la vista de la falta de renovación de los referidos refuerzos asignados a este juzgado por el Ministerio de Justicia. Teniendo en cuenta que, hoy en día, las demandas de CGC en este Juzgado se están prolongando por más de 8 meses, la supresión de los señalamientos a partir del 31 de octubre afectará automáticamente a las tasas de resolución, pendencia y congestión de los procesos tramitados en el Juzgado de Primera Instancia n º16 de Murcia.

La propia Sentencia del Tribunal Constitucional nº 125/2022, de 10 de octubre de 2022, declara que la demora en el señalamiento de litigios puede suponer una vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, conforme a lo cual, acudimos a la misma para solicitar al CGPJ que proceda a renovar los refuerzos para este Juzgado a fin de obtener nuevos señalamientos que resulten respetuosos con el derecho a los justiciables a la tutela efectiva.  

El caso de Sevilla

El pasado día 9 de noviembre de 2022, se percibió comunicación de la citada Audiencia reconociéndose la suspensión de señalamiento para deliberación, votación y fallo respecto a un recurso de apelación presentado por nuestra parte, confirmando así que no es posible resolver más asuntos como resultado de registrar anualmente más cuestiones que los mismos magistrados son capaces de resolver.

Por otra parte, no se prevé la implantación de medios o recursos que puedan garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos sevillanos ni a corto ni a medio plazo, tal como nos ha comunicado la propia Sección.

En este caso, la petición de la Sección Quinta de la AP de Sevilla al CGPJ se constituye en la solicitud de refuerzos y al mismo tiempo en la ampliación en el número de Secciones.  

Al igual que en el caso anterior, acudimos a la STC arriba referenciada para proteger el derecho fundamental de los justiciables a la tutela efectiva y al mismo tiempo, a la Memoria Anual respecto a las Actividades y Funcionamiento del TSJ de Andalucía, Ceuta y Melilla de 2021, la cual advierte que su territorio judicial asume más del 16% del registro a nivel nacional de los procesos de condiciones generales de contratación bancaria y puntualiza que Sevilla es la provincia con el número más alto de procesos ingresados con la cantidad de 3.611.

Por todo lo cual, la Memoria del TSJ de Andalucía, Ceuta y Melilla para el año 2021 ya admitía la imposibilidad de disminuir el volumen de los asuntos pendientes y mejorar el tiempo para resolver, teniendo en cuenta que actualmente el tiempo medio para resolver de nuestros asuntos en esta Sección asciende a una media de más de 18 meses.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2023/01/12/arriaga-asociados-presenta-una-queja-al-cgpj-por-los-retrasos-en-los-juzgados-de-murcia-y-la-audiencia-provincial-de-sevilla/