A pocos días del inicio de la campaña de la renta (del 8 de abril al 30 de junio), el Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales AEDAF, detalla en una guía las principales novedades para el ejercicio 2025.
A partir de este año, la propia aplicación detectará la información relevante sobre ascendientes y descendientes (padres dependientes, hijos, nietos, etc.) para que la declaración consigne si procede o no aplicar deducciones. Además, el propio programa calcula el rendimiento mínimo de arrendamientos a familiares, algo que hasta ahora era responsabilidad del contribuyente.
También hay novedades para los autónomos en la declaración IRPF del ejercicio 2025: se incorporan dos nuevas casillas para reflejar las regularizaciones de cotizaciones en estimación directa; se amplía el desglose para declaraciones en módulos de sector agrícola y resto de actividades, y se incluyen nuevas casillas para minorar la devolución de subvenciones en estos casos.
Otra de las novedades afecta a las ganancias de patrimonio por premios, ETFs y SICAV: habrá dos nuevas casillas para declarar las ganancias patrimoniales obtenidas por premios, en función de si tienen fines publicitarios (casilla 0360) o no (casilla 0361). También se añade un nuevo apartado para consignar las ganancias patrimoniales por fondos cotizados (ETFs) y SICAV, además de facilitar el traslado automático de los datos correspondientes a dichas ganancias.
Se ha modificado el último tramo de la tarifa aplicable a la base liquidable del ahorro en el IRPF, que afecta a los rendimientos del capital mobiliario (como intereses y dividendos) y a las ganancias patrimoniales (como la venta de acciones, fondos, criptomonedas o inmuebles) que se integran en la base del ahorro.
Así, el tipo marginal máximo estatal, que se aplica a la parte de la base liquidable que exceda los 300.000 euros, pasará del 14 % al 15 %. Por su parte, para aquellos contribuyentes que tengan su residencia habitual en el extranjero, el tipo marginal máximo aplicable sobre la base liquidable del ahorro se eleva al 30 % (frente al 28 % anterior).
Por último, se mantienen los incentivos fiscales para la inversión en sostenibilidad (vehículos eléctricos, reformas destinadas a la eficiencia energética, etc.) y se añade una nueva deducción para las rentas más bajas, para compensar el efecto que la subida del Salario Mínimo Interprofesional, fijado en 16.576 euros, podría tener sobre la renta disponible.
La guía puede descargarse en este enlace.