• 03/10/2025 07:20

México – Búsqueda inmediata de personas no localizadas y desaparecidas

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Martha Cruz impulsa reforma de ley para garantizar investigación y búsqueda inmediata de personas no localizadas y desaparecidas, con perspectiva de género.

La diputada del PT expone el caso de Sandra Domínguez, víctima de desaparición forzada pero catalogada como “no localizada”, lo que obstaculizó su búsqueda

La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez (PT) presentó una iniciativa que reforma la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, a fin de garantizar una investigación y búsqueda inmediata, con perspectiva de género.

La propuesta establecería el inicio inmediato de investigación ministerial, búsqueda y localización con perspectiva de género y enfoque interseccional de mujeres, de las cuales se tenga noticia, reporte, informe o denuncia de que han desaparecido en cualquier circunstancia, explicó la legisladora en conferencia de prensa.

Sostuvo que actualmente la Ley establece una diferencia entre personas no localizadas y desaparecidas. “Las no localizadas son aquellas de las que no se sabe dónde están, pero que no desaparecieron en el contexto de la comisión de un delito […] y las desaparecidas son aquellas cuya desaparición se sabe desde el principio que sucedió en el contexto de un delito”.

Especificó que sólo en el caso de personas que desaparecen en un contexto de la comisión de un delito, se inicia de inmediato la carpeta de investigación por parte de la autoridad ministerial; mientras que, si se trata de una persona no localizada, la carpeta inicia 72 horas después de que no se tenga conocimiento de su paradero.

“No obstante, por el interés superior de la niñez, se hace una excepción en el caso de niñas y niños y adolescentes de los que no se sabe su paradero y que tampoco desaparecieron en el contexto de la comisión de un delito. En este caso tenemos la búsqueda como la carpeta de investigación se inicia inmediatamente”, abundó.

Aseguró que esta regla ya se encuentra considerada en el protocolo homologado para la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre del 2020. Sin embargo, muchos agentes del Ministerio Público se niegan alegando que la ley es superior al protocolo.

Indicó que al iniciar de inmediato la carpeta de investigación se permite desde el primer momento realizar actos de investigación que requieren el permiso del juez, como los cateos para entrar a buscar a una mujer a domicilios particulares, situaciones que suceden en casos de violencia en el hogar o ejercida por la pareja.

La diputada expuso el caso de Sandra Estefanía Domínguez, quien lleva cinco meses de ser víctima de desaparición forzada. En su caso, al tener conocimiento de su ausencia se reportó de inmediato, pero fue catalogada como persona no localizada y la carpeta de investigación se inició tres días después, lo que obstaculizó su búsqueda y la investigación del posible delito del que fue víctima


Artículo de Ana Paula Maritano publicado en https://www.diariojuridico.com/mexico-busqueda-inmediata-de-personas-no-localizadas-y-desaparecidas/