• 03/10/2025 07:18

Las sanciones internacionales son una amenaza para las empresas

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Las sanciones internacionales se han convertido en un riesgo tangible para las empresas. Desde el estallido de la guerra en Ucrania su número se ha disparado y los departamentos de compliance trabajan bajo una presión continuada: un contrato internacional rentable puede convertirse, de un día para otro, en un intrincado problema jurídico.

“El riesgo de que un cliente o socio de negocio caiga, de repente, en una lista de sancionados es ya un factor esencial a valorar en cualquier decisión de contratar. Puede arrastrar a la empresa a consecuencias jurídicas y económicas de muy compleja solución”, advierte Diego Cabezuela, sénior partner de Círculo Legal y Presidente de Inlaw Alliance of Lawfirms.

Multas de hasta el 5% de la facturación mundial

La Directiva 2024/1226 de la UE obliga a considerar delito el incumplimiento de sanciones, situándolo junto a delitos de gran gravedad como el terrorismo o la trata de seres humanos. En España, el Anteproyecto de reforma del Código Penal para adaptar esta directiva contempla sanciones para las personas jurídicas, con multas que podrían alcanzar hasta el 5% de la facturación anual mundial.

Riesgo contractual e inseguridad jurídica global

La necesidad de rescindir contratos con socios sancionados introduce un alto grado de inseguridad jurídica a escala internacional. “La inclusión sobrevenida de un contratante en una lista de sanciones y la necesidad de poner fin a los contratos en curso coloca sobre su contraparte una importante carga de inseguridad jurídica”, explica el socio de Círculo Legal. Lo que en España podría considerarse fuerza mayor, no siempre se valora igual en otras jurisdicciones, especialmente en países que no aplican las mismas sanciones.

Estados Unidos y sus secondary sanctions

El escenario se complica con las llamadas “secondary sanctions” de Estados Unidos. En esos casos no existe una obligación jurídica directa de terminar contratos con sancionados, pero sí la advertencia de que mantener relaciones con ellos puede dejar fuera del mercado estadounidense a quien lo haga. Ese incentivo extrajurídico suele persuadir a las contrapartes de romper vínculos comerciales. “Aquí la categoría clásica de fuerza mayor no siempre encaja, porque no hay una prohibición legal pura de continuar los contratos; por tanto, es necesario explorar otras soluciones jurídicas, como la cláusula rebus sic stantibus, para renegociarlos o separarse de ellos”, añade Cabezuela.

Más de 40 regímenes de sanciones vigentes
Según la Comisión Europea, en 2024 estaban vigentes más de 40 regímenes de sanciones que afectan a Estados, individuos, sectores e instituciones financieras —una cifra que sigue una clara tendencia ascendente.

“Las sanciones se han convertido en una sombra inquietante que planea sobre el comercio internacional. Un error en su gestión puede, no solo costar dinero, sino poner en riesgo el futuro de una compañía”, concluye Cabezuela.


Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/las-sanciones-internacionales-son-una-amenaza-para-las-empresas/