• 10/12/2025 20:54

Implementación de la Directiva Europea NIS2 en España 

(origen) Almudena Parra Díez Nov 23, 2025 , , , , ,
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El Gobierno de España tiene previsto incorporar la Directiva Europea de Ciberseguridad NIS2 a la legislación nacional antes de que finalice 2025. Esta normativa, aprobada por la Unión Europea a finales de 2022 y en vigor desde el 16 de enero de 2023, debía haber sido transpuesta por los Estados miembros antes del 17 de octubre de 2024.

Aunque el plazo europeo expiró hace más de un año, España aún no ha aprobado la norma definitiva de transposición. Todo apunta a que el nuevo marco legal entrará plenamente en vigor a lo largo de 2026, lo que deja a las empresas un margen temporal limitado para adaptarse.

Esta directiva tiene como objetivo elevar de forma significativa el nivel común de ciberseguridad dentro de la Unión Europea. Su alcance será amplio y transformador: por primera vez, empresas que anteriormente no estaban sujetas a regulación, incluidas medianas compañías y proveedores vinculados a sectores estratégicos, estarán obligadas a cumplir requisitos más estrictos en materia de seguridad y gobernanza digital.

NIS2 no es simplemente una actualización normativa, sino un cambio estructural en la manera en que las organizaciones deben abordar la ciberseguridad. Ya no basta con protegerse; ahora deben demostrar de forma proactiva, medible y alineada con los estándares europeos que están gestionando adecuadamente sus riesgos.

Sectores y organizaciones afectadas

La Directiva (UE) 2022/2555, conocida como NIS2, amplía considerablemente el ámbito de aplicación de la anterior NIS1, afectando tanto al sector público como al privado. Entre los ámbitos regulados se incluyen:

  • Energía, banca, sanidad, transporte, infraestructuras digitales y suministro de agua.
  • Sectores considerados importantes, como alimentación, industria química, mensajería y manufactura.
  • Empresas proveedoras que formen parte de la cadena de suministro de sectores críticos.

El tamaño de la organización también será un factor clave: la norma será de obligado cumplimiento para medianas y grandes empresas, así como para determinadas pymes que desempeñen un papel esencial o crítico dentro de su sector o cadena logística.

Principales obligaciones introducidas por NIS2

Las organizaciones deberán adoptar medidas avanzadas y procesos formales de ciberseguridad, entre ellos:

  • Gestión integral de riesgos: medidas técnicas, operativas y organizativas.
  • Notificación de incidentes: comunicación obligatoria al CSIRT o a la autoridad competente en plazos muy reducidos.
  • Seguridad en la cadena de suministro: verificación de la protección aplicada por terceros y proveedores críticos.
  • Gobernanza interna: designación de responsables de ciberseguridad y formación específica para la alta dirección.
  • Régimen sancionador: las multas podrán alcanzar los 10 millones de euros o el 2 % de la facturación anual global.

Recomendaciones para las organizaciones

Para facilitar la transición hacia el cumplimiento de NIS2, se aconseja a las empresas:

  • Comprobar si su sector y tamaño las incluye dentro del ámbito de aplicación de la directiva.
  • Realizar una auditoría de ciberseguridad y de cumplimiento normativo.
  • Diseñar un modelo de gobernanza que implique a la dirección ejecutiva.
  • Reforzar la gestión de la cadena de suministro y revisar contratos con proveedores críticos.
  • Formar a los responsables internos en las nuevas obligaciones legales.

Las organizaciones que comiencen su adaptación desde ahora contarán con una ventaja competitiva. La NIS2 marcará la diferencia entre quienes conciben la ciberseguridad como una estrategia esencial y quienes la consideran un mero coste operativo.

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Artículo de Almudena Parra Díez publicado en https://unaaldia.hispasec.com/2025/11/implementacion-de-la-directiva-europea-nis2-en-espana.html?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=implementacion-de-la-directiva-europea-nis2-en-espana