El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE recuerda en sus conclusiones que el banco está obligado a la restitución inmediata de las cantidades transferidas en caso de ‘phising’. En concreto, la directiva de servicios de pago PSD2 2015/2366/UE señala que el reembolso debe realizarse “sin demora indebida”.
La directiva de servicios de pago se traspuso en España a través del RDL 19/2018 que también establece el reembolso inmediato. “Pero los bancos son lentos de cartera y tratan de eludir el reembolso alegando negligencia grave por parte del cliente”, explica Juan Ignacio navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho financiero y europeo. “La directiva es muy clara y el TJUE lo ha vuelto a subrayar: la devolución debe ser inmediata”, apunta el experto.
El detalle fundamental, en opinión de Navas, es “el orden de los factores, que sí altera el producto”. Se explica: “la directiva establece la excepción de fraude o negligencia grave, pero señala que el banco debe primero reembolsar y tras demostrar que existe negligencia grave reclamar los fondos al cliente, no al revés”. Y en todo caso -añade- la carga de la prueba descansa sobre la entidad financiera.
El socio-director de Navas & Cusí explica que lamentablemente la práctica habitual de los bancos es la inversa: de momento no reembolsan y tratan de justificar la existencia de negligencia grave.
La jurisprudencia española ya ha dejado claro que si el cliente mete sus claves de acceso en una web o en un SMS con apariencia sofisticada de su entidad financiera, no está cometiendo imprudencia grave. La sentencia 571/2025 del pasado 9 de abril del Supremo deja claro que el simple registro informático no prueba autorización del cliente y conmina al banco a reforzar sus sistemas de seguridad informática.
En general -explica el letrado- si el cliente no autorizó y avisa del fraude rápidamente, no hay negligencia. “No es solo buena práctica bancaria, es un mandato legal: deben de restituir sin dilación indebida y ahora el Abogado General del TJUE recuerda este mandato”, concluye el socio-director de navascusi.com