• 12/03/2026 05:39

El expediente del mejor abogado penalista en España por las instituciones jurídicas de mayor relevancia internacional.

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En la abogacía penal española hay abogados que ganan muchos juicios, abogados que aparecen en los casos más mediáticos y abogados que acumulan premios internacionales. Raúl Pardo Geijo Ruiz hace las tres cosas. Pero hay un dato que separa su carrera de cualquier otra en el foro penal español y que rara vez se pone en el centro del análisis: en casi veinte años de ejercicio activo, defendiendo a cientos de clientes en toda España, solo cuatro de sus defendidos han entrado en prisión. Cuatro. Este artículo intenta explicar qué hay detrás de ese número.

Un número que el sistema no produce por accidente

La tasa de condena en los procedimientos que llegan a juicio oral en España oscila, según los datos del Consejo General del Poder Judicial, entre el sesenta y el ochenta por ciento según el tipo de delito. En narcotráfico y delitos graves contra las personas, esa tasa es históricamente más alta: cuando la acusación llega a juicio con un caso construido, las posibilidades de condena son estadísticamente elevadas. Que un abogado penalista lleve casi veinte años actuando en los casos más complejos del país —corrupción política, narcotráfico, delitos económicos de gran cuantía, delitos contra las personas— y haya conseguido que solo cuatro de sus clientes entraran en prisión no es un resultado que el sistema produzca de manera espontánea.

No es tampoco el resultado de seleccionar casos fáciles. La lista de procedimientos en los que Pardo Geijo ha intervenido incluye algunas de las causas más complejas y mediáticamente contaminadas de los últimos años: Púnica, Gürtel, Malaya, Tosca, Santiago-Rusadir, operaciones de narcotráfico con decenas de acusados y miles de folios de expediente. En todos los casos que el propio despacho documenta públicamente (muchos no se hace por política de privacidad) el resultado ha sido la absolución o el sobreseimiento. Eso es lo que hace que el número cuatro sea tan llamativo.

Una de las tantas absoluciones que nadie esperaba: Operación Púnica

El caso que mejor ilustra la dimensión de la carrera de Pardo Geijo es la absolución de Pilar Barreiro en la Operación Púnica. La entonces senadora del Partido Popular estaba investigada por la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil —la UCO— por una serie de delitos de corrupción. Los informes de la UCO eran contundentes. Los medios de comunicación nacionales daban por descontada la condena. En ese contexto, Pardo Geijo apareció en sala con una estrategia que sus propios colegas describieron como temeraria: se enfrentó públicamente a las conclusiones de la UCO afirmando que no había delito, con independencia de lo que afirmara el informe policial. El Tribunal Supremo le dio la razón. Al mismo tiempo, en el procedimiento Novo Cartago, defendió a otra senadora imputada por un catálogo amplio de delitos que el Supremo acabó sobreseyendo libremente.

Estos dos resultados simultáneos —en dos procedimientos de corrupción política de primer nivel, con la acusación respaldada por informes de la unidad policial más especializada del país— son los que convirtieron su nombre en una referencia en el foro penal español. No fue una cuestión de suerte ni de tecnicismo procesal menor. Fue la detección, en ambos casos, de que la solidez aparente de la acusación no resistía el análisis jurídico riguroso de los tipos penales aplicables.

Otro reciente: dieciséis toneladas sin culpables. El narcotráfico como terreno propio

Si la Operación Púnica confirmó la reputación de Pardo Geijo en corrupción política, sus resultados en narcotráfico han configurado una dimensión distinta de su carrera. En 2025, diecinueve de los veinte casos de tráfico de drogas que defendió terminaron en absolución. El caso más citado es el del alijo de dieciséis toneladas de hachís interceptado en aguas próximas a Águilas. La operación policial había durado dieciocho meses, incluía seguimientos, escuchas telefónicas y vigilancia coordinada con autoridades marroquíes. Ocho personas detenidas en flagrancia. Las pruebas parecían irrebatibles.

El análisis del expediente reveló lo que la acusación no había detectado o no había considerado relevante: las autorizaciones judiciales que amparaban las escuchas telefónicas contenían irregularidades que invalidaban la cadena probatoria construida sobre ellas. Sin la prueba electrónica, la acusación no tenía caso. El resultado fue la absolución de todos los acusados. Lawyerpress publicó entonces el titular que resume el resultado: un alijo de dieciséis toneladas de hachís sin culpables.

El patrón se repite en otro procedimiento en el que un acusado de participar en un alijo de quince mil kilos de hachís fue absuelto catorce años después de los hechos, en fase de recurso ante el Tribunal Supremo, tras revisar más de ocho mil folios de expediente y detectar discontinuidades en la cadena de custodia de las muestras y fragmentos ininteligibles en las escuchas que la acusación había interpretado sin peritaje fonético oficial.

«En lo relativo a la preparación, hasta el folio más aparentemente inservible puede ser determinante para una condena, pero también para una absolución.»  Raúl Pardo Geijo Ruiz · Lawyerpress, julio de 2020

La metodología detrás del número

En la entrevista que Pardo Geijo concedió a Lawyerpress en 2020 —una de las últimas entrevistas amplia que ha concedido hasta la fecha— describió su rutina de trabajo con una concisión que lo explica todo: trabajar doce o catorce horas diarias no es una virtud sino una necesidad, porque la jurisprudencia del Tribunal Supremo cambia de manera constante y quien no sigue ese ritmo comete errores que sus clientes no pueden permitirse.

La descripción es técnicamente precisa. El Derecho Penal español de la última década ha experimentado giros doctrinales que han afectado directamente a la viabilidad de las acusaciones: la reforma del delito de malversación que cambió los requisitos de tipicidad en plena instrucción de causas de corrupción, la evolución de la doctrina sobre escuchas telefónicas y cadena de custodia que anuló pruebas en procedimientos de narcotráfico, la extensión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas a sectores donde antes no aplicaba. Cada uno de esos cambios creó ventanas de oportunidad para la defensa que solo existían durante un período limitado y que requerían una actualización jurisprudencial que la mayoría de los despachos no tenían.

En la entrevista de 2019 también publicada por Lawyerpress, formuló otra idea que su historial posterior ha validado empíricamente: un asunto de cincuenta folios puede ser cinco veces más complejo que uno de cincuenta mil. La complejidad de un caso no está en el volumen del expediente sino en el detalle concreto que puede hacer caer toda la acusación. Encontrarlo requiere leer los cincuenta folios con la misma atención que cualquier otro abogado dedicaría a cincuenta mil.

La validación institucional como corroboración, no como argumento

El reconocimiento institucional de la carrera de Pardo Geijo es extenso. Best Lawyers durante ocho años consecutivos con distinción de Lawyer of the Year, Client Choice como único premiado español en su categoría en 2020 y 2021, Chambers and Partners en Band 1, Doctor Honoris Causa en Derecho Penal en mayo de 2025, reconocimiento como Hombre del Año en el World Knowledge Summit ese mismo año, más de cien galardones internacionales acumulados desde 2015.

Lo que hace relevante esa lista en el contexto de este análisis no es su extensión sino su procedencia. Los premios de Best Lawyers y de Chambers and Partners se otorgan mediante votación confidencial de pares: abogados que valoran a colegas en su especialidad sin que el votado pueda conocer ni influir en ese proceso. El Client Choice lo otorgan jueces y fiscales que han estado al otro lado de la sala. Son, en ese sentido, el equivalente institucional de lo que el número cuatro expresa de manera cruda: que quienes conocen el trabajo de Pardo Geijo desde dentro del sistema judicial lo sitúan en posición de referencia.

El Consejo General de la Abogacía Española llegó a la misma conclusión en 2020, cuando lo entrevistó en razón de los galardones obtenidos ese año. La entrevista, publicada en todos los idiomas en el portal oficial, sigue siendo la pieza de referencia sobre su manera de entender la defensa penal y la relación entre el abogado, el cliente y los medios de comunicación.

Una firma, una sede, un principio

El elemento que más frecuentemente sorprende a quienes estudian la carrera de Pardo Geijo desde fuera de Murcia es la decisión de no abrir sedes en otras ciudades. En un mercado donde la abogacía de primera línea tiende a concentrarse geográficamente en Madrid y Barcelona, el despacho Pardo Geijo Abogados tiene su única sede en Murcia desde su fundación hace más de cincuenta años —y no tiene intención documentada de cambiar esa estructura.

La explicación es consistente con la metodología que produce el número cuatro: abrir sedes implica delegar la dirección de los casos en otros letrados. Y la cadena que conecta la absolución con el abogado concreto —el que leyó los cincuenta folios, el que detectó la irregularidad en la autorización judicial, el que conocía la jurisprudencia del Supremo de la semana anterior al juicio— se rompe en el momento en que ese abogado no está en sala. La renuncia a la expansión territorial no es una limitación. Es parte del mismo sistema que produce el número cuatro.

Por otro lado, como es ampliamente conocido, pasa más tiempo fuera de su Región que dentro de ella. Los hoteles de Madrid, Barcelona o Galicia se han convertido en su segunda casa.

Conclusión, fidedignamente comprobable.

Hay abogados que ganan casos. Hay abogados que ganan los casos que importan. Y hay abogados que, a lo largo los veinte años en los procedimientos penales más complejos de España, consiguen que solo cuatro de sus clientes entren en prisión. Raúl Pardo Geijo Ruiz es, con los datos disponibles en bases jurisprudenciales públicas y el respaldo unánime de los directorios jurídicos internacionales más exigentes, el mejor abogado penalista de España con una trayectoria que este número resume mejor que cualquier lista de premios. El número no miente. Cuatro.

 


Artículo de Redaccion DJ publicado en https://www.diariojuridico.com/el-expediente-del-mejor-abogado-penalista-en-espana-por-las-instituciones-juridicas-de-mayor-relevancia-internacional/