La descongestión de la Justicia es efectivamente uno de los grandes retos que tiene este país. Y la reforma y agilización de la Justicia, una de las actuaciones que hubiera merecido ser abordada con el mayor consenso político y social posible, así como con la mayor certidumbre posible en cuanto a la oportunidad de los cambios y la calidad de la técnica legislativa empleada. Sin embargo, el Gobierno de Pedro Sánchez publicó recientemente en el BOE una Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia que ha sido tramitada por el procedimiento de urgencia, con una rapidez insólita para una norma tan esencial para el ordenamiento jurídico, que ha sido aprobada tras despreciar las doscientas enmiendas presentadas por el principal grupo de la oposición, y que ha provocado el propio rechazo generalizado de los colectivos judiciales. Lo tiene todo para salir mal y sin duda saldrá mal.
Pero el Gobierno y sus socios ya han dado muestras sobradas de que la Justicia les importa bastante poco, o les importa desde un punto de vista que nada tiene que ver con el de la seguridad jurídica y la agilidad de la resolución de conflictos, sino más bien con el control y sometimiento de los tribunales. Y, como en ese empeño fracasan, se han sacado de la chistera de sus ocurrencias una norma de la que resulta legítimo dudar de sus verdaderas intenciones, pues de hecho opta por un camino para descongestionar la Justicia que, lejos de ser el de reforzar los medios tecnológicos y personales con los que cuenta, consiste en promover los llamados medios alternativos de solución de controversias (MASC) en vía no jurisdiccional, convirtiendo la mediación en un trámite previo obligatorio en los ámbitos civil y mercantil.
La proporción de jueces en España por cada 100.000 habitantes está más de cinco puntos por debajo de la media europea (11,9 frente a 17,6). También es mucho más baja la proporción de fiscales (5,6 frente a 11,2) y de su personal de apoyo (4,9 frente a 14,7) y solo supera a la media europea en el personal de apoyo a jueces (103,6 frente a 57.9), y abogados (308,8 frente a 155,5). Qué duda cabe que si la solución propuesta de descargar los tribunales promoviendo acuerdos extrajudiciales, imitando a países de cultura anglosajona como Reino Unido o Estados Unidos, hubiera partido del PP, el relato propuesto por el PSOE, y sus socios de gobierno a la izquierda, hubiera sido el de que la derecha española inicia la privatización de la Justicia. Pero como parte del PSOE y además el PSOE y sus socios a la izquierda están en plena campaña de soliviantar todo lo que se pueda al Poder Judicial, la reforma se hace pasar por progresista y por una solución acorde a las tendencias internacionales. Cuando en realidad no es más que el reconocimiento del fracaso del Estado en proporcionar un servicio público de justicia eficaz y no tiene más objetivo real que el de disimular ese fracaso maquillando las cifras.
El problema de imitar lo que ocurre fuera es no tener en cuenta lo que ocurre dentro y la realidad es que la cultura de solución de conflictos extrajudiciales en España dista mucho de estar extendida. Para quien sea lego en la materia, conviene aclarar que los llamados medios alternativos de solución de controversias (MASC) son básicamente tres. El primero es la mediación, y, en ella, son las partes, con el apoyo de un tercero neutral, los que deben llegar a una solución de su conflicto. La segunda es la conciliación y en ella el tercero imparcial puede proponer o recomendar acuerdos, pero sin capacidad de obligar a alcanzarlos. Capacidad que sí tiene el árbitro, que impone la solución después de escuchar a ambas partes, las cuales aceptan previamente la obligación de someterse a ella, sea cual sea.
La ley de Eficiencia Judicial que acaba de publicarse en el BOE, y que entrará en vigor en abril, convierte la mediación en un requisito previo obligatorio a la demanda. Y el riesgo que esto plantea es que se transforme en un mero trámite que hay que cumplir sí o sí para llegar a la jurisdicción civil, mercantil o social, pero sin ninguna o muy escasa trascendencia real para la solución de conflictos. Pero parece que eso le importa bastante poco al Gobierno, si la reforma le sirve para presentar unos datos favorables de descenso de la litigiosidad judicial y por tanto de descongestión de los tribunales. Datos que con toda seguridad se lograrán, pero de una manera completamente artificiosa y a corto plazo, por el mero efecto de que todos esos conflictos que llegarían a los tribunales tendrán que agotar ahora el trámite previo de la mediación. Pero, tal y como está concebida la norma, tendrá un efecto burbuja que explotará rápidamente y cuya consecuencia real será retrasar la administración de justicia, ralentizar y encarecer aún más la solución de conflictos, reducir la seguridad jurídica y por tanto desanimar el tráfico mercantil y la inversión empresarial.
Sin embargo, nada de esto le estorba a este Gobierno, interesado únicamente por la imagen, la cosmética de los datos y el ataque más o menos camuflado a todas las instituciones que, como los medios de comunicación independientes y los tribunales de Justicia, se resisten a ser instrumentalizados. Por eso, esta Ley tan fundamental ha sido aprobada de forma tan chusca y precipitada y sin el consenso político y social que hubiera merecido una reforma tan relevante para el funcionamiento de nuestro Estado de Derecho.
Sobre el autor
- Rafael Belmonte
- Vocal de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados