• 03/10/2025 17:51

Colombia – Medidas contra derrame de sustancias peligrosas en barcos

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Avanza en el Senado de Colombia medidas contra derrame de sustancias peligrosas en el transporte por barcos.

“Se trata de regular la responsabilidades e indemnización en daños causados por el transporte marítimo de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas”, afirmó el senador ponente del proyecto de ley Manuel Virgüez Piraquive, del partido MIRA.

En Colombia, el transporte marítimo de sustancias peligrosas está regulado por el Código IMDG (International Maritime Dangerous Goods Code) de la Organización Marítima Internacional (OMI) y por la normativa nacional, como la Norma Técnica Colombiana NTC 1692. Estas regulaciones buscan proteger a la tripulación, prevenir la contaminación del medio marino y asegurar un transporte seguro de materiales peligrosos.

La Comisión Segunda aprobó el Proyecto de Ley Número 318 DE 2024, con el objeto de aplicar el “Protocolo de 2010 relativo al Convenio Internacional sobre Responsabilidad e Indemnización de Daños en relación con el Transporte Marítimo de Sustancias Nocivas y Potencialmente Peligrosas (SNP)” suscrito por Colombia en Londres.

El Senador Manuel Virgüez Piraquive del partido MIRA, señaló que además de regular responsabilidades en esos casos, “crea un régimen internacional de responsabilidad objetiva con seguros obligatorios y compensación efectiva para las víctimas y establece un fondo que gestione y supervise las garantías financieras o seguros, para afectados por incidentes con sustancias peligrosas”.

Recordó el senador Virgüez Piraquive antecedentes en Colombia, como fue el ocurrido en Cartagena de Indias en el 2016, en Bocas de Ceniza en el 2020 y en Santa Marta el 2023, donde barcos surtieron derrames de sustancias químicas peligrosas, “Lo que nos evidencia la necesidad de contar con una herramienta legal que asegura respuesta oportuna e integral y reparadora a quienes se perjudican por esos casos”.

Existen varias clases de sustancias peligrosas que se pueden transportar por vía marítima, entre ellas:

Explosivos: Sustancias que pueden detonar o explotar.

Gases: Gases inflamables, no inflamables y tóxicos.

Líquidos inflamables: Líquidos que pueden encenderse fácilmente.

Sólidos inflamables: Sólidos que pueden encenderse y quemar.

Sustancias que reaccionan con el agua: Sustancias que al contacto con el agua pueden liberar gases inflamables o tóxicos.

Oxidantes: Sustancias que pueden provocar o agravar un incendio.

Peróxidos orgánicos: Sustancias que son susceptibles de explotar y que contienen oxígeno.

Sustancias tóxicas: Sustancias que pueden causar daño a la salud.

Sustancias infecciosas: Sustancias que pueden causar enfermedades.

Sustancias radioactivas: Sustancias que emiten radiación.

Corrosivos: Sustancias que pueden dañar otros materiales o estructuras.

Misceláneas: Sustancias que no encajan en las categorías anteriores.

La aplicación del convenio define las obligaciones generales, y modificaciones relativas al manejo de derrames Marítimos de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas transportadas a bordo de un buque como: hidrocarburos, sustancias nocivas líquidas, peligrosas, materias y artículos peligrosos, gases licuados y se establece su transporte a granel o en bultos, así mismo se delimitan los puntos de inflamación y los residuos resultantes de su transporte.

En el tratado y las modificaciones propuestas, se establece que el propietario de un buque tendría derecho a limitar la responsabilidad que le corresponde en virtud del convenio SNP respecto a cada caso de derrame accidental en territorio marítimo de dichas sustancias incluyendo las cantidades y contribuciones que deberían realizarse.

“Este proyecto complementaría  la ley 2133 del 2021 de abanderamiento de naves dando seguridad jurídica a los buques que navegan bajo bandera colombiana”, concluyó el senador Virgüez Piraquive.


Artículo de Ana Paula Maritano publicado en https://www.diariojuridico.com/colombia-medidas-contra-derrame-de-sustancias-peligrosas-en-barcos/