• 03/10/2025 13:47

Colombia – Corte protege derecho a la educación de joven residente en España

Tiempo estimado de lectura: 1 minutos, 42 segundos

La Corte protege derecho a la educación de joven residente en España a quien se le negó legalizar sus diplomas y actas de grado para acceder a la universidad.

Corte protege derecho a la educación de joven residente en España a quien se le negó legalizar sus diplomas y actas de grado para acceder a la universidad

Para la Corte, tras dos años de haberse celebrado el grado de la accionante no es de recibo que la Secretaría de Educación desconozca dicha situación, la modifique y se niegue a la legalización de los documentos de estudio, dado que desconocería el principio de la buena fe y la confianza legítima. Sumado a lo anterior, la Sala también llamó la atención sobre el actuar de la Secretaría puesto que se está impidiendo que la accionante continue con sus estudios.

La Sala Sexta de Revisión, integrada por el magistrado Miguel Polo Rosero, quien la preside, la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera y la exmagistrada Cristina Pardo Schlesinger, amparó el derecho a la educación de una ciudadana colombiana domiciliada en Barcelona, España.

A la mujer de 19 años, la Secretaría de Educación de Girardot, le negó legalizar, con fines de apostilla, los documentos de estudio, diplomas y actas de grado para que esta pudiera acceder al servicio de educación superior en el país en el cual reside actualmente.

La negativa de la Secretaría se basó en que la accionante no debía haber ingresado a un establecimiento para educación en etapa adulta para culminar sus estudios de bachillerato, por el contrario, debía realizarlos en jornadas de edad regular.

La Sala, al conocer el caso, recordó que el Ministerio de Educación, a través del Sistema Integrado de Matrículas (SIMAT) creó la manera en la que se organiza y controla los procesos de matrícula de estudiantes vinculados a cualquier institución educativa del país y, por tanto, la Secretaría accionada y la institución tenían conocimiento de que la accionante, a pesar de que era menor de edad cuando hizo su inscripción, fue aceptada para culminar sus estudios en dicha institución.

En ese orden, para la Sala tanto el colegio como la Secretaría le generaron expectativas serias y fundadas a la accionante de que el título de bachiller que obtuvo era válido, por lo que podría ingresar a una institución de educación superior.

Para la Corte, tras dos años de haberse celebrado el grado de la accionante no es de recibo que la Secretaría desconozca dicha situación, la modifique y se niegue a la legalización de los documentos de estudio, dado que desconocería el principio de la buena fe y la confianza legítima. Sumado a lo anterior, la Sala también llamó la atención sobre el actuar de la Secretaría puesto que se está impidiendo que la accionante continue con sus estudios. En consecuencia, la Sala le ordenó a la Secretaría de Educación de Girardot que legalice los documentos de estudio de la accionante.

Fuente: Sentencia T-150 de 2025

M.P. Miguel Polo Rosero


Artículo de Ana Paula Maritano publicado en https://www.diariojuridico.com/colombia-corte-protege-derecho-a-la-educacion-de-joven-residente-en-espana/