• 03/07/2024 09:40

Chile – Régimen carcelario agravado para delitos graves

(origen) Ana Paula Maritano May 31, 2024 , , , , , , ,
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El Senado de Chile busca establecer la medida de incomunicación absoluta en los recintos penales, en casos determinados.

Establecer un régimen carcelario agravado que contemple la incomunicación absoluta en determinados casos, es el objetivo central de la moción que presentaron los senadores José Miguel Durana, Juan Antonio Coloma, Sergio Gahona, Javier Macaya y David Sandoval y que fue remitida a la Comisión de Constitución para su estudio. Es una propuesta similar al modelo italiano conocido como «cárcel dura».

En lo fundamental, el proyecto modifica el Código Penal y el Procesal Penal para establecer un régimen de cumplimiento carcelario agravado respecto de quienes sean formalizados y dejados en prisión preventiva, o de quienes sean condenados, por delitos relativos a conductas terroristas, los contemplados en la Ley de Seguridad Interior del Estado, los relativos al tráfico de drogas, los señalados en la Ley de Control de Armas y por los delitos de asociación delictiva o criminal, entre otros.

Para ello, crea dos penas accesorias comunes a todo crimen y simple delito consistentes en la incomunicación con personas extrañas al establecimiento penal y con los demás internos o incomunicación sólo con personas extrañas al establecimiento penal, según el reglamento carcelario.

Dicha pena se podrá aplicar en la sentencia definitiva o durante el cumplimiento de la condena y podrá no ser aplicada o revocada en los casos de colaboración eficaz.

El proyecto señala que la aplicación de esta medida será a requerimiento del Ministerio Público, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública o el querellante particular; y cuando no haya sido impuesta en la sentencia, la solicitud podrá ser presentada por el Ministerio Público, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el Alcaide, el condenado o su defensor.

Asimismo, señala que el régimen de incomunicación puede llevar consigo la decisión de traslado del condenado a otro recinto penitenciario para que la medida sea eficaz y que, en caso de prisión preventiva, la incomunicación podrá mantenerse vigente todo el tiempo que dure la medida cautelar.

Según se explica en los fundamentos del proyecto, el régimen agravado consiste en la incomunicación absoluta, sea con personas extrañas al establecimiento carcelario y con los demás internos, o sólo respecto de los primeros.

La idea es similar al modelo italiano conocido como la denominada «cárcel dura» que dispone una suerte de sistema de emergencia que conlleva la posibilidad de aislamiento y la suspensión de cumplimiento normal, sobre todo, para evitar asociaciones delictivas de tipo mafioso, la existencia de conductas subversivas o terroristas.

Dicho régimen posibilita el aislamiento e incomunicación de los condenados, el control de sus visitas y restringe toda actividad que puedan desarrollar, manteniéndolos en celdas separadas y sin contacto con la demás población penal.

 

 

 

En efecto, el régimen diario dura hasta 23 horas, teniendo únicamente 1 hora de sol o patio, sin poder comunicarse con la demás población penal.


Artículo de Ana Paula Maritano publicado en https://www.diariojuridico.com/chile-regimen-carcelario-agravado-para-delitos-graves/