El senado respalda el perfeccionamiento del procedimiento de expulsión administrativa de extranjeros que ingresan de forma irregular o cometen infracciones graves
La expulsión administrativa en Chile es una sanción contra extranjeros que ingresan de forma irregular o cometen infracciones graves, gestionada por el Servicio Nacional de Migraciones. Implica la salida forzosa y, frecuentemente, la prohibición de reingreso por varios años, con el objetivo de controlar la seguridad y el orden público
El proyecto, aprobado por mayoría, incluye el fortalecimiento de las facultades del Subsecretario del Interior y de las atribuciones de la Policía de Investigaciones (PDI), entre otros.
El mensaje, que cumple su segundo trámite constitucional, fue informado por la presidenta de la Comisión de Gobierno, senadora Danisa Astudillo.
Los objetivos del proyecto son “fortalecer las competencias de la Subsecretaría del Interior en la mantención del orden público y de la seguridad tanto interior como exterior; facilitar la ejecución de las expulsiones administrativas y el registro de datos biométricos de extranjeros en situación migratoria irregular”.
Entre las modificaciones se incluye ampliar la facultad del Subsecretario del Interior para expulsar directamente por motivos de orden público, ya que hoy en día esa facultad sólo está establecida para motivos de seguridad interior y exterior.
Además, se busca establecer que la Policía de Investigaciones (PDI) -previa autorización del Subsecretario del Interior- pueda ingresar al domicilio de una persona con orden de expulsión, tanto en casos resueltos por el Subsecretario del Interior como por el director del Servicio Nacional de Migraciones en situaciones que involucren delitos graves, con el fin de aprehenderla.
No obstante, se contempla que, una vez efectuada la diligencia, la Corte de Apelaciones respectiva ejerza el control de legalidad a su respecto.
A ello se suma la función de autorizar a la PDI para obtener los datos biométricos de las personas extranjeras mayores de 18 años que se encuentren en condición migratoria irregular.
También se le faculta al Subsecretario del Interior, para que, previa autorización del tribunal pueda dictar la medida de expulsión inmediata de aquellos extranjeros respecto de los cuales se haya formalizado la investigación o se les tenga como acusado o requerido por simple delito.
Se prevé que, para que proceda tal circunstancia, la pena que pueda imponerse al imputado no exceda de tres años de privación de libertad y que este no haya sido condenado anteriormente por crimen o simple delito. Una vez verificado lo anterior, el tribunal dictará sobreseimiento definitivo.
En cuanto al plazo mínimo de prohibición de ingreso al país, se propone aumentar de tres a cinco años para aquellas expulsiones efectuadas por el director nacional del Servicio Nacional de Migraciones. En lo que atañe a aquellas dictadas por el Subsecretario del Interior, se considera que el plazo de prohibición fluctúe entre cinco y diez años.
Este proyecto genera un “efecto disuasivo” para el tránsito de pasos no habilitados. “Este proyecto surge por la necesidad de concretar 44 mil procesos de expulsión que hoy están pendientes”.
Finalmente, se valoró que, “por primera vez, se introduce una facultad para el ingreso al domicilio, con control judicial, asegurando respeto a las garantías constitucionales”.
Cabe consignar que la senadora Sánchez argumentó su voto en contra porque, a su juicio, “el proyecto polarizará más al país (…) y crea un Estado de persecución”.
