Las agencias que intermedian en la gestación por sustitución actúan sin ninguna traba en España. Hacen publicidad de su actividad, pese a que la Ley General de Publicidad considera ilícita la que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución. Esta es la advertencia que ha hecho el Tribunal Supremo en su última sentencia sobre los llamados vientres de alquiler, que consisten en contratar a mujeres para que gesten bebés a cambio normalmente de una compensación económica y de que renuncien a sus derechos como madres.