Tourism & Law, único despacho especializado en regulación normativa del sector turístico y los derechos del pasajero, e integrado en Grupo Atlantigo, ha celebrado en Madrid una nueva edición de Law & Talks, su espacio jurídico de referencia para el sector.
Bajo el título “Registro de Viajeros: del Gran Hermano al incumplimiento de la LOPD”, el encuentro abordó el impacto del nuevo marco normativo que regula el registro de viajeros, una medida que ha generado una creciente preocupación entre operadores turísticos y expertos legales.
En palabras de Mª Paz Abad, directora de Tourism & Law: “Conocer en profundidad el RD 933/2021 no es solo una cuestión de cumplimiento legal; es una condición imprescindible para que el sector turístico pueda operar con seguridad, anticipación y garantías”.
Aunque el Real Decreto fue publicado en 2021, y entró en vigor en el 2022, la comunicación de datos plenamente operativa ha sido aplazada en varias ocasiones hasta el pasado 02 de diciembre de 2024; aún a fecha de hoy está pendiente la publicación de la orden ministerial que definirá aspectos operativos y la relación de datos que finalmente habrá que comunicar al Ministerio del Interior.
El RD 933/2021 impone nuevas obligaciones a alojamientos, empresas de alquiler e intermediarios turísticos, entre las que destacan:
- Registro obligatorio de viajeros: Empresas de hospedaje, alquiler de vehículos a motor, e intermediarias de sus servicios deberán registrar los datos de cada cliente.
- Parte de entrada/hoja de servicios con firma: Particularmente, en el hospedaje, se requerirá una hoja firmada por los mayores de 14 años, cuya exactitud recae bajo responsabilidad del establecimiento.
- Conservación digital de los datos: Los registros deberán almacenarse en formato digital durante tres años desde la finalización del servicio.
- Comunicación a la Administración: Será obligatorio notificar tanto los datos de la empresa como los relativos a las reservas y servicios prestados en la forma establecida en el RD 933/2021.
- Transmisión desde la reserva: Los datos deberán comunicarse desde el momento en que se realiza la reserva, incluso si esta se cancela posteriormente en un plazo no superior a 24 horas.
- Plataforma oficial SES.Hospedajes: Toda la información deberá ser transmitida a través de procedimientos telemáticos. En la actualidad este procedimiento se realiza a través de la plataforma designada por el Ministerio del Interior, SES.Hospedajes.
Un escenario lleno de retos para el sector
Además de los requisitos formales, el RD 933/2021 plantea importantes desafíos estructurales para las empresas turísticas. Uno de los más urgentes es la adaptabilidad tecnológica: muchas compañías utilizan plataformas de reservas o CRM que no están preparadas para integrarse con SES.Hospedajes, lo que implica una inversión no prevista en desarrollo o migración de sistemas, y que debe garantizar la interoperabilidad con dicha plataforma.
Asimismo, la normativa abre la puerta a una posible judicialización del proceso. La falta de concreción legal en algunos puntos críticos, y el tratamiento de datos sensibles podrían dar lugar a reclamaciones si no se actúa con rigor, especialmente en el caso de que las empresas obligadas sean sancionadas por el Ministerio del Interior.
Por último, el sector sigue reclamando una solución a la inseguridad jurídica. La publicación pendiente de la orden ministerial es clave para definir con claridad las obligaciones y responsabilidades de cada actor implicado, y garantizar un entorno operativo estable.
En este contexto, la anticipación, el asesoramiento especializado y la inversión en cumplimiento normativo no son solo una necesidad legal, sino una ventaja competitiva clave para cualquier empresa del ecosistema turístico.
Hortensio Santos, abogado de Tourism & Law destacó: “El RD 933/2021 impone un cambio profundo en la forma en que las empresas turísticas gestionan la información de sus clientes. Nuestro objetivo es ayudarles a cumplir sin poner en riesgo la continuidad de su actividad.”
Cumplimiento normativo: una responsabilidad ineludible para el sector turístico
Cumplir con el RD 933/2021 y la normativa en materia de Protección de Datos no es una opción, sino una necesidad para la continuidad del negocio turístico. Conocer qué datos se pueden solicitar, cómo tratarlos y durante cuánto tiempo conservarlos será clave para evitar sanciones y garantizar la seguridad jurídica.
“Sin protocolos internos claros y formación adecuada, el riesgo de incumplimiento en materia de protección de datos es alto”, señaló Paloma Aguilar, abogada de Tourism & Law.
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