• 03/10/2025 10:38

Para que haya exclusividad en Europa tiene que haber aquiescencia del resto de compradores

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Tribunal de Justicia de la UE

Tribunal de Justicia de la UE

Europa quiere acabar con las exclusividades. Para ello, exige que haya aquiescencia por parte del resto de proveedores. El caso juzgado es el de Beevers Kaas, distribuidor exclusivo en Bélgica y Luxemburgo de los quesos Menester producidos por la holandesa Cono. Acusa a Albert Heijn de violar su exclusividad y esta se defiende alegando que las restricciones de mercado están prohibidas.

El asunto termina en los tribunales belgas y la Corte de Apelaciones de Antwerp eleva una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). El Abogado General en su escrito de este 9 de enero recomiendas al tribunal que limite la exclusividad en aplicación del art. 101.2 del Tratado de Funcionamiento de la UE que señala como “incompatibles con el mercado interior” los acuerdos que afecten al comercio u que tengan por objeto “impedir, restringir o falsear el juego de la competencia dentro del mercado interior”.

No obstante reconoce que la exclusividad tiene por objeto incentivar al distribuidor a invertir en estrategias comerciales en su mercado exclusivo. Pero añade que para que sea compatible con el libre mercado debe de haber un acuerdo “tácito o explícito” del resto de distribuidores. Sin esa “aquiescencia”, el acuerdo de exclusividad debe de considerarse contrario a la libre competencia.

En opinión del Abogado General este criterio es compatible con lo establecido en el art. 4.b.i de la Comisión Europea que señala que como lícita “la restricción de ventas activas en el territorio o al grupo de clientes reservados en exclusiva al proveedor o asignados en exclusiva por el proveedor a otro comprador” siempre que “tal prohibición no limite las ventas de los clientes del comprador”.

Como una prohibición siempre limita las ventas, la única manera de que esa prohibición sea lícita es que haya sido acordada y aceptada, explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho europeo.

“Es un paso adelante en la defensa del libre mercado y de la libre competencia; las exclusividades sólo pueden ser aceptadas si hay aquiescencia de los otros proveedores; el beneficiario será siempre el consumidor”, concluye el socio-director de navascusi.com

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2025/01/13/para-que-haya-exclusividad-en-europa-tiene-que-haber-aquiescencia-del-resto-de-compradores/