• 11/01/2026 08:20

Opinión | Los cooperadores necesarios… no penales

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En el derecho penal existe la figura del cooperador necesario, que se regula en el artículo 28 del Código Penal: “Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento. También serán considerados autores: a) Los que inducen directamente a otro u otros a […]


Artículo de publicado en https://confilegal.com/20260110-opinion-los-cooperadores-necesarios-no-penales/