• 13/03/2026 09:16

El TJUE recuerda la obligación del banco de reembolso “inmediato” en caso de ‘phishing’

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Tribunal de Justicia de la UE

Tribunal de Justicia de la UE

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE recuerda en sus conclusiones que el banco está obligado a la restitución inmediata de las cantidades transferidas en caso de ‘phising’. En concreto, la directiva de servicios de pago PSD2 2015/2366/UE señala que el reembolso debe realizarse “sin demora indebida”.

La directiva de servicios de pago se traspuso en España a través del RDL 19/2018 que también establece el reembolso inmediato. “Pero los bancos son lentos de cartera y tratan de eludir el reembolso alegando negligencia grave por parte del cliente”, explica Juan Ignacio navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho financiero y europeo. “La directiva es muy clara y el TJUE lo ha vuelto a subrayar: la devolución debe ser inmediata”, apunta el experto.

El detalle fundamental, en opinión de Navas, es “el orden de los factores, que sí altera el producto”. Se explica: “la directiva establece la excepción de fraude o negligencia grave, pero señala que el banco debe primero reembolsar y tras demostrar que existe negligencia grave reclamar los fondos al cliente, no al revés”. Y en todo caso -añade- la carga de la prueba descansa sobre la entidad financiera.

El socio-director de Navas & Cusí explica que lamentablemente la práctica habitual de los bancos es la inversa: de momento no reembolsan y tratan de justificar la existencia de negligencia grave.

La jurisprudencia española ya ha dejado claro que si el cliente mete sus claves de acceso en una web o en un SMS con apariencia sofisticada de su entidad financiera, no está cometiendo imprudencia grave. La sentencia 571/2025 del pasado 9 de abril del Supremo deja claro que el simple registro informático no prueba autorización del cliente y conmina al banco a reforzar sus sistemas de seguridad informática.

En general -explica el letrado- si el cliente no autorizó y avisa del fraude rápidamente, no hay negligencia. “No es solo buena práctica bancaria, es un mandato legal: deben de restituir sin dilación indebida y ahora el Abogado General del TJUE recuerda este mandato”, concluye el socio-director de navascusi.com

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2026/03/13/el-tjue-recuerda-la-obligacion-del-banco-de-reembolso-inmediato-en-caso-de-phishing/