• 03/10/2025 16:41

El Santander condenado a indemnizar con 2,7 millones de euros a un colegio de sordos

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El Instituto Hispanoamerocano de la Palabra acaba de ganar una batalla judicial contra el Banco de Santander al que el Supremo ha condenado con indemnizar con 2,7 millones de euros más gastos. 

El asunto comienza en el 2007. El colegio Gaudium, de educación inclusiva de personas con problemas auditivos, contrató un préstamo con el Banco de Santander que incluía una permuta financiera (swap). La sentencia de primera instancia de 2019 condena al banco a pagar al colegio 2.785.027€, los dos millones y medio reclamados más las liquidaciones posteriores a la demanda. Además, condena a devolver 211.570,71€ de comisiones no informadas, intereses y costas. “Se colocó un producto complejo a quien no tenía conocimiento ni experiencia para entender sus consecuencias económicas ni jurídicas; y el banco tampoco extremó su labor de transparencia”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director del despacho Navas & Cusí especializado en derecho financiero.

El Santander recurre ante la Audiencia Provincial de Madrid que en el 2020 estima parcialmente el recurso del banco reduciendo la indemnización a 2.527.773,49, es decir, excluyendo las liquidaciones posteriores a la demanda. No obstante, la Audiencia aclara en su sentencia que el banco “incumplió sus deberes precontractuales de información”, pero no considera indemnizables los gastos producidos tras la demanda. Tampoco aplica intereses ni condena en costas.

El colegio Gaudem recurre al Supremo y logra el resarcimiento pleno, regresando a la indemnización de 2.785.027€ de primera instancia, es decir, recuperándose liquidaciones posteriores a la demanda más los intereses y las costas. El Supremo argumentó que la tutela judicial efectiva exigía la “restituto in integrum”, es decir, el derecho del cliente a ser plenamente resarcido.

“Es muy interesante porque además de subrayar que incumplir con los deberes de información se genera un perjuicio directo, establece un criterio jurisprudencial de que se deben indemnizar todos los daños previsibles incluídos os posteriores a la presentación de la demanda”, explica Navas.

El experto añade que el caso es especialmente grave al tratarse de un colegio de inclusión con muchos alumnos con discapacidad auditiva. “El banco ha abusado de un colectivo especialmente vulnerable con un producto complejo y muy dañino; afortunadamente se ha hecho justicia”, concluye el socio-director de navascusi.com.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2025/05/16/el-santander-condenado-a-indemnizar-con-27-millones-de-euros-a-un-colegio-de-sordos/