• 03/10/2025 05:36

Devuelven íntegro un seguro de vida abusivo de prima única de Banco Sabadell

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 8 de Cerdanyola del Vallès (Barcelona) ha dictado la Sentencia nº 201/2025, que constituye la primera resolución en Barcelona que ordena la devolución íntegra de un seguro de vida con prima única financiada considerado abusivo, estimando íntegramente la demanda interpuesta por un consumidor contra Banco Sabadell, S.A. y Bansabadell Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, por la contratación de dicho seguro vinculado a su préstamo hipotecario.

La resolución declara nulo de pleno derecho el contrato de seguro firmado el 28 de junio de 2022, y condena a Bansabadell Vida a devolver la totalidad de la prima abonada (14.368,40 €) con intereses legales, así como a Banco Sabadell a reintegrar los intereses cobrados indebidamente sobre el capital del préstamo correspondiente a dicha prima, más los intereses legales. Asimismo, el tribunal impone las costas del procedimiento a ambas entidades demandadas. «Es la primera sentencia de Barcelona que devuelve la prima única íntegra; lo normal es devolver la parte no consumida de la prima pero nosotros luchamos por la devolución íntegra y lo hemos conseguido», según explica el letrado José Luis Carrera, de Constitución Abogados.

Falta de transparencia y cláusulas abusivas

El juez considera probado que el banco actuó como mediador de seguros sin cumplir sus obligaciones legales de información y asesoramiento, ya que no ofreció al cliente información clara sobre el coste financiero adicional que suponía incluir la prima del seguro en el préstamo ni una comparativa con otras modalidades (como la prima anual renovable).

La sentencia señala que esta falta de transparencia impidió al consumidor comprender las consecuencias económicas reales del contrato, generando un desequilibrio en su perjuicio, en contra de lo exigido por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007), la Ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario, y el Real Decreto-ley 3/2020 sobre distribución de seguros, además de vulnerar la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo español (STS 472/2020 y STS 88/2021).

Restitución íntegra: sin prorrateos ni compensaciones

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es el rechazo expreso a la devolución proporcional de la prima en función del tiempo transcurrido. En su fundamento jurídico noveno, el juez afirma que:

“La declaración de nulidad de un contrato por falta de transparencia y abusividad tiene carácter retroactivo e implica la restitución recíproca de las prestaciones (art. 1303 CC), como si el contrato no hubiera existido jamás. Esto excluye la posibilidad de hacer una liquidación proporcional”.

El tribunal subraya que el artículo 1303 del Código Civil obliga a devolver íntegramente las prestaciones y que la jurisprudencia del TJUE prohíbe cualquier moderación en los efectos de la nulidad de cláusulas abusivas para mantener su efecto disuasorio. Por ello, aunque la aseguradora haya asumido un riesgo durante el tiempo transcurrido, la inexistencia de siniestro y la nulidad radical del contrato impiden retener parte de la prima.

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Artículo de Redacción publicado en https://www.lawyerpress.com/2025/09/17/devuelven-integro-un-seguro-de-vida-abusivo-de-prima-unica-de-banco-sabadell/